El acta del 18 de agosto de 2026 adjudica el proceso JMC-DAF-CM-2026-0003 a Verónica Brazobán De Paula por RD$8,252,261.87 y ordena notificar la decisión y publicarla. El acta presenta esa cifra como el total de su oferta, aunque el portal registra una oferta de RD$7,757,786; también consigna una certificación de fondos referida a otro proceso y una evaluación técnica atribuida a un perito distinto de los designados según los documentos anteriores.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
En la parte dispositiva, el acta identifica la construcción de contenes en el Distrito Municipal de Valiente, aunque la referencia del proceso y el objeto anunciado corresponden a La Caleta. La discrepancia deja por verificar el alcance territorial al que se aplica la adjudicación.
“PRIMERO (1): DECIDE, ADJUDICAR, para cumplir con todo lo establecido en el DDL (Datos de la Licitación del proceso de referencia: JMC-DAF-CM-2026-0003, PARA LA CONSTRUCCION DE CONTENES EN EL DISTRITO MUNICIPAL DE VALIENTE", bajo la modalida” (pág. 3, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
El acta invoca como respaldo una certificación relativa al proceso JMC-DAF-CM-2026-0002 para construir una funeraria, no al proceso de contenes JMC-DAF-CM-2026-0003. Corresponde verificar si existe una certificación de apropiación presupuestaria válida para esta adjudicación.
“VISTO: El certificado de Existencia de Fondos de fecha dieciséis (16) del mes de julio del año Dos Mil Veintiséis (2026), emitido por el Tesorero, donde hace constar que cuenta con los fondos suficientes, para el procedimiento por CONTRATAC” (pág. 2, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 93 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
El acta atribuye la evaluación definitiva a Ricardo Valentín Genao, mientras que el resumen del acto previo de designación identifica a Miguel Ángel Franco, Jennyfer María Lora Reyes y Flor Ángel A. Cerano Almanzar. La diferencia amerita verificar quién fue formalmente designado y quién evaluó las ofertas.
“La evaluación Definitivo de las Ofertas Técnicas (Sobre A), por el perito designado el señor Ricardo Valentin Genao, en fecha diez (10) del mes de agosto del año Dos Mil Veintiséis (2026), quienes recomendaron proceder a la habilitación del” (pág. 2, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 90 · Reglamento 52-26, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 90 — Designación de peritos
Artículo 90.- Designación de peritos. Para cada procedimiento de contratación, la institución contratante deberá designar los peritos que participarán en la elaboración de las especificaciones técnicas y la evaluación de las propuestas. Párrafo I.- Con excepción del procedimiento de contratación menor, deberán designarse un mínimo de tres (3) peritos: uno (1} legal, uno (1) financiero y uno (1) técnico, procurando siempre que el número total de peritos sea impar. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación a de la presente ley, las normas, instructivos y políticas adoptadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas, regulará los mecanismos de designación de peritos asegurando la…
Reglamento 52-26, artículo 91 — Formalización de designación y duración de funciones
Artículo 91.- Formalización de designación y duración de funciones. La designación de los peritos debe constar mediante acto administrativo motivado emitido por el Comité de Contrataciones Públicas. Dicho acto debe indicar: 1. Nombres, cargos y perfiles de los peritos designados; 2. Funciones específicas asignadas a cada uno; 3. Declaración de ausencia de conflictos de interés. Párrafo I. En los procedimientos de contratación directa sujeta a umbral y de contratación menor, los peritos son designados por la Dirección Administrativa y Financiera. La designación debe hacerse constar en un acta simple de inicio de procedimiento. Párrafo II. La designación de peritos tiene validez únicamente…
El acta solo nombra a Verónica Brazobán De Paula como oferente participante y el portal registra una oferta, pese a indicar que se notificó a 48,543 proveedores. La baja concurrencia relativa amerita revisar la participación efectiva y la difusión del procedimiento, sin que por sí sola pruebe una irregularidad.
“recomendaron proceder a la habilitación del oferente participante: VERONICA BRAZOBAN DE PAULA” (pág. 2, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Verónica Brazobán De PaulaEl acta indica que los peritos recomendaron habilitarla y que el comité la adjudicó por cumplir con lo establecido en el DDL.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona