El pliego enmendado establece las bases para adquirir 32 ítems de equipos tecnológicos y accesorios informáticos en un lote único, con valor referencial de RD$6,011,200.00. Fija un anticipo de 30% para adjudicatarios MIPYME y programa la notificación de adjudicación para el 25/09/2026 y la firma del contrato para el 06/10/2026. También establece requisitos de evaluación financiera y técnica para las ofertas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La tabla presenta límites incompatibles para los índices de solvencia y endeudamiento: por ejemplo, fija solvencia mayor que 1.20, pero luego usa expresiones contradictorias sobre qué valores cumplen. Esto puede producir resultados distintos al evaluar la capacidad financiera de los oferentes.
“Límite establecido: Mayor 1.20 ... Mayor o igual que > 1.20 (Cumple) ... Límite establecido: Menor o igual a 1 ... Menor o igual que > 1.5 (Cumple)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
La documentación técnica admite catálogos o fotos, mientras que la matriz de riesgos prescribe exigir fichas técnicas oficiales obligatorias. La diferencia deja incierto qué evidencia se exigirá para verificar las características de los bienes ofertados.
“a) catálogos o fotos del bien; b) descripción de sus características técnicas; c) marca; d) Carta de garantía; e) tiempo de respuesta ante reclamaciones; ... Exigir datasheets oficiales obligatorios”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Cambios que introduce (2)
Sección
Antes
Después
Efecto
III.6, Anticipo y garantía de buen uso de anticipoAnticipo para adjudicatarios MIPYME
El pliego anterior fijaba el anticipo MIPYME en 20%.
El anticipo para adjudicatarios MIPYME se fija en 30% del monto contratado.
Relaja
I.7, Cronograma de actividadesFechas de notificación y firma
En el pliego enmendado previo, la firma del contrato estaba prevista para el 09/10/2026.
La notificación de adjudicación se programa para el 25/09/2026 y la firma del contrato para el 06/10/2026.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona