La Enmienda núm. 002, de 2026-08-21, modifica el anticipo para MIPYMES de 20% a 30% y ajusta plazos y condiciones de garantías, vigencia de ofertas y suscripción del contrato. También incorpora estudios y formularios al expediente, y fija para el 2026-09-25 la notificación de adjudicación y para el 2026-10-06 la firma del contrato.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Aunque la enmienda eleva el anticipo al 30%, permite desembolsarlo dentro de los 15 días posteriores a la firma. La Ley dispone el anticipo con la suscripción, por lo que conviene verificar si ese plazo difiere el momento de pago establecido legalmente.
“Dicho anticipo será desembolsado en un plazo no mayor de quince (15) días contados a partir de la firma del contrato y contra presentación de la garantía de buen uso de anticipo correspondiente.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
La enmienda fija la notificación para el 2026-09-25, mientras que el resumen del acta de adjudicación del proceso registra que fue emitida el 2026-09-16. Entre esas fechas transcurren más de cinco días hábiles; corresponde verificar la fecha efectiva de notificación y si se cumplió el plazo legal.
“• Notificación de adjudicación: 25/09/2026, 10:35 a.m.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 126 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 126 — Notificación de la adjudicación
Artículo 126.- Notificación de la adjudicación. El acto de adjudicación deberá notificarse a todos los oferentes dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles a partir de su dictado y deberá contener los resultados de la evaluación técnica y económica, incluyendo el informe técnico que justifique la decisión, conforme a lo establecido en los pliegos de condiciones, así como las razones de selección del oferente adjudicado y la información relativa a las evaluaciones de los demás oferentes. Párrafo.- La publicación del acto de adjudicación podrá sustituir la notificación cuando previamente se haya identificado la fecha y el medio a través del cual esta se producirá.
III — Anticipo y garantía de buen uso de anticipo; condiciones de pagoPorcentaje y desembolso del anticipo MIPYME
Anticipo de 20% para oferentes certificados como MIPYMES.
Anticipo de 30% del monto contratado, desembolsado dentro de los 15 días siguientes a la firma y contra presentación de la garantía de buen uso.
Relaja
Expediente del procedimientoIncorporación de estudios previos e informe técnico
El documento recoge la observación de que faltaban estudios previos en el expediente.
Se incorporan estudios previos, informe técnico y documentación motivada sobre necesidad, presupuesto, modalidad, riesgos, garantías y requisitos.
Aclara
III — Plazo para la suscripción del contratoPlazo para suscribir
Máximo de 20 días hábiles desde la notificación de la adjudicación.
Máximo de 10 días hábiles desde la notificación del acto de adjudicación.
Endurece
Documentos integrales del procedimientoFormularios y modelo de contrato
No estaban cargados los formularios y el modelo de contrato actualizado que el documento identifica como integrantes de las bases.
Se incorporan los formularios de oferta técnica, información del oferente, oferta económica, compromiso ético y modelo de contrato de bienes adaptado a la Ley 47-25.
Aclara
III — Vigencia del contratoDuración contractual
El documento no modifica el plazo: ratifica una vigencia de seis meses desde la suscripción y hasta el cumplimiento y liquidación.
Se mantiene la vigencia de seis meses desde la firma hasta el fiel cumplimiento y la liquidación de las cláusulas.
Neutral
II — Garantía de fiel cumplimiento de contratoPlazo para presentar la garantía
Máximo de 10 días hábiles.
Máximo de 5 días hábiles desde la notificación de la adjudicación.
Endurece
II — Garantía de fiel cumplimiento de contratoVigencia de la garantía
Vigencia mínima de 30 días.
La garantía debe mantenerse vigente hasta la liquidación total del contrato.
Endurece
I — Vigencia de la oferta y garantía de seriedadVigencia de ofertas y garantía de seriedad
Las ofertas debían estar vigentes hasta el 2026-09-30.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Ofertas y garantía de seriedad deben cubrir desde la apertura técnica hasta la firma prevista para el 2026-10-06.
Endurece
II — Subsanación de la garantía de seriedadPlazo de subsanación
El documento no consignaba en esta cláusula el rango de plazo para subsanar la garantía.
Se establece un plazo de subsanación de entre 1 y 5 días hábiles.
Aclara
Cronograma de actividadesFechas de adjudicación, garantía, firma y publicación
El documento sustituye el cronograma anterior en lo relativo a la constitución de la garantía y la suscripción del contrato.
Notificación de adjudicación: 2026-09-25; garantía: 2026-10-02; firma y órdenes de compra: 2026-10-06; publicación del contrato: 2026-10-09.
Neutral
II — AdjudicaciónPlazo para notificar la adjudicación
El acto debía notificarse dentro del plazo establecido en el cronograma.
Debe notificarse a todos los oferentes dentro de los cinco días hábiles siguientes a su emisión.