Referencia reglamentaria no corresponde al criterio de menor precio
· hace 1 mes
El informe identifica el criterio aplicado como menor precio, pero lo ampara en el numeral 2 del artículo 114 del Reglamento, que regula la adjudicación basada en menor costo del ciclo de vida; el numeral 1 es el que corresponde al menor precio. El documento no evidencia que se haya aplicado un criterio distinto, pero la discordancia merece verificar la fundamentación utilizada.
“Criterio de Adjudicación. El criterio de adjudicación, para determinar la oferta más conveniente para este procedimiento de contratación, es la adjudicación basada en menor precio, amparado en las disposiciones del Art. 121 de la Ley 47-25…”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 114 · Ley 47-25, art. 121 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación
Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…
Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio
Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.
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