El acta núm. 0018/2026, de fecha 2026-08-19, aprueba los requerimientos, el pliego definitivo y la convocatoria del proceso OPRET-CCC-CP-2026-0003 para adquirir gasolina y gasoil mediante tarjetas, por un monto referencial de RD$6,400,000. También aprueba la modalidad de Contratación Simplificada, hace constar disponibilidad presupuestaria y designa tres peritos. El acta refiere que el Lote I de un proceso previo de licitación pública para el suministro de combustible fue declarado desierto.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra que el Lote I de un procedimiento anterior de licitación pública para el suministro de combustible fue declarado desierto y luego aprueba un nuevo proceso de Contratación Simplificada para ese objeto. Si este nuevo proceso constituye la reapertura de aquel procedimiento, debe verificarse la compatibilidad del cambio de modalidad con la regla de reapertura en la misma forma; el acta no aclara si lo considera una reapertura o un proceso nuevo.
“el expediente correspondiente al procedimiento de contratación núm. OPRET-CCC-LPN-2026-0003, y, en particular, el Acta de Adjudicación del Lote II y de Declaratoria de Desierto del Lote I … TERCERO: Aprobar el procedimiento de selección baj”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 129 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 129 — Reglas aplicables
Artículo 129.- Reglas aplicables. Ante la declaratoria de procedimiento desierto se aplicarán las reglas siguientes: 1) La institución contratante puede reabrirlo, en la misma forma que lo hizo con el primero, dando un plazo de presentación de propuestas que debe ser mínimo de un cincuenta por ciento (50%) del plazo del procedimiento inicial; 2) Al nuevo procedimiento pueden acudir los oferentes que se presentaron en el que fue declarado desierto; 3) La institución contratante puede realizar ajustes en los criterios de evaluación de los pliegos de condiciones para iniciar un nuevo procedimiento sujetándose a la presente ley y sus reglamentos de aplicación, sin que en ningún caso se cambie…
El monto referencial de RD$6,400,000 queda RD$36,757.50 por debajo del máximo de RD$6,436,757.50 para bienes en Contratación Simplificada según el umbral 2026 vigente desde el 01/04/2026. La modalidad corresponde al umbral informado, pero la proximidad justifica verificar la estimación y si existen adquisiciones relacionadas que deban considerarse conjuntamente; el acta no establece fraccionamiento.
“por un monto referencial ascendente a SEIS MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$6,400,000.00)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 57 · Ley 47-25, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 57 — Selección por cuantía
Artículo 57.- Selección por cuantía. La selección por cuantía aplicará en: 1) La licitación pública cuando el valor estimado sea igual o superior al umbral mínimo determinado en aplicación del tratado internacional de libre comercio vigente, el cual deberá ser fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 2) La contratación simplificada cuando el valor estimado sea inferior al umbral fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) La contratación menor cuando el valor estimado sea inferior al umbral de contratación simplificada fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de…
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona