El 18 de agosto de 2026, el Comité de Compras y Contrataciones de CORAASAN autorizó la subasta inversa para adquirir hormigón asfáltico caliente y designó tres peritos. El portal registra una convocatoria del 20 de agosto de 2026 y un monto estimado de RD$12,065,323.00; el acta no especifica el monto de la apropiación presupuestaria.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La resolución autoriza una subasta inversa, pero le asigna la referencia CORAASAN-CCC-LPN-2026-0002; el proceso convocado y el encabezado del acta lo identifican como CORAASAN-CCC-SI-2026-0002. La discrepancia merece verificarse para asegurar la trazabilidad de la autorización y su correspondencia con el expediente convocado.
“AUTORIZAR como al efecto AUTORIZA el Procedimiento de SUBASTA INVERSA para el "Adquisici6n de Hormig6n Asfaltico Caliente. Primera convocatoria." Referencia”
El acta afirma que el monto está dentro de un umbral de subasta inversa; sin embargo, el artículo 58.3 de la Ley 47-25 permite esta modalidad para bienes comunes y estandarizados independientemente del valor estimado. Como la modalidad sí corresponde a la naturaleza del bien según los datos aportados, la afirmación sobre el umbral es una justificación que conviene aclarar, no evidencia por sí sola de una selección improcedente.
“POR CUANTO: El monto del procedimiento queda dentro del umbral de la Subasta Inversa, de acuerdo a la naturaleza de la contrataci6n”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 58 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 58 — Selección por la naturaleza del contrato
Artículo 58.- Selección por la naturaleza del contrato. La selección por naturaleza del contrato aplicará en: 1) La licitación pública abreviada para la contratación de bienes y servicios comunes y estandarizados que igualen o superen el umbral mínimo determinado para licitación pública, siempre y cuando se cumplan las disposiciones de los tratados internacionales vigentes; 2) El sorteo de obras para obras no complejas y reparaciones menores, siempre que no supere el umbral para la licitación pública; 3) La subasta inversa para contratación de bienes comunes y estandarizados, independientemente del valor estimado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona