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Abriendo la ficha…

Informe justificativo

INFORME JUSTIFICATIVO 764-2026.pdf

CONTRATACIÓN DEL ALQUILER DE UN INMUEBLE PARA ALOJAR LOS ESTUDIANTES DE LOS CENTROS EDUCATIVOS DRA. PEÑA SILVERIO Y COMETA DE ESPERANZA, TANDAS MATUTINA Y VESPERTINA, DISTRITO EDUCATIVO 08-04, SANTIAG… · Ministerio de Educación

Publicado el 18 ago de 2026Fechado el 5 may de 20263 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MINERD-CCC-PEIN-2026-0062

Lo que dice

El informe justificativo, fechado el 6 de mayo de 2026, sustenta el arrendamiento de un inmueble para alojar estudiantes de los centros educativos Dra. Peña Silverio y Cometa de Esperanza, en Santiago. Afirma que el inmueble identificado es el único disponible que cumple las condiciones requeridas y vincula la contratación con la excepción de inmuebles para uso estatal; identifica como razón social propuesta al Ministerio Evangélico Tiempo Decisivo, INC.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (1)

A revisarHallazgo en documentos

La afirmación de exclusividad requiere soporte verificable

Documento del 18 ago 2026 · hace 1 mes

El informe afirma que solo el inmueble identificado puede satisfacer la necesidad, pero el texto no presenta una comparación de alternativas ni evidencia de mercado que sustente esa conclusión. Además, el artículo 163 del Reglamento prevé convocatoria pública para el arrendamiento y permite la selección directa solo excepcionalmente, con motivación reforzada; conviene verificar el respaldo incorporado al expediente.

“No existe alternativa en la zona que ofrezca condiciones equivalentes en términos de funcionalidad y oportunidad de disponibilidad. Esto delimita objetivamente la competencia en el mercado; es decir, solo el inmueble identificado puede sati”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 151 · Reglamento 52-26, art. 163 · Ley 47-25, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 151 — Justificación de la excepción

Artículo 151.- Justificación de la excepción. El informe justificativo tiene por objeto demostrar la procedencia, necesidad y legalidad del uso de una excepción a los procedimientos ordinarios de selección, garantizando que dicha decisión esté motivada, documentada y aprobada formalmente por el Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante. El informe debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Identificación de la contratación. a) Nombre o descripción del objeto a contratar. b) Unidad requirente. c) Monto estimado e identificación de la disponibilidad de apropiación presupuestaria, salvo en los casos justificados de emergencia o seguridad nacional. d) Modalidad de…

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal

Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…

Texto oficial completo

Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones

Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.

Ver todos los detalles →

Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Ministerio Evangélico Tiempo Decisivo, INC.El informe lo identifica como la razón social asociada al inmueble cuyo arrendamiento se propone; este informe no decide la habilitación ni la adjudicación.MencionadoLote único—

Otros documentos del proceso (13)

  • ACTA ADMINISTRATIVO NUM.117-2026-PEIN-2026-0062.pdfPliego · 18 ago de 2026 · 1 señal
  • ACTA ADMINISTRATIVO.pdfActa · 18 ago de 2026 · 1 señal
  • DECLARACION JURADA.pdfDocumento · 18 ago de 2026
  • FICHA TECNICA 764-2026.pdfPliego · 18 ago de 2026
  • FORMULARIO.zipDocumento · 18 ago de 2026
  • INFORME LEVANTAMIENTO.pdfDocumento · 18 ago de 2026
  • MODELO DE CONTRATO.zipContrato · 18 ago de 2026
  • PLIEGO DE CONDICIONES -PEIN-2026-0062 M.pdfPliego · 18 ago de 2026 · 2 señales
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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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