El pliego solicita a CAMSOFT, S.R.L. una propuesta para el Lote 1, relativo al soporte y mantenimiento de EasyBank y al licenciamiento, soporte y mantenimiento de Cartera Digital, por un valor estimado de RD$13,317,960.00 y una vigencia de doce meses. Fija como fecha límite de recepción el 24 de agosto de 2026 y prevé adjudicar el 2 de septiembre de 2026. También indica que el contrato precedente venció el 2 de julio de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fija penalidades diarias, incluida una del 2% por día hábil ante servicios que no cumplan las especificaciones y no sean subsanados. No especifica en esa cláusula límites por penalidad ni un tope acumulado; conviene verificar que su aplicación respete el máximo legal de 10% por penalidad y 30% en total.
“Las penalidades serán de naturaleza pecuniaria y se aplicarán por retraso o incumplimiento de las obligaciones del proceso BAGRICOLA-CCC-PEPU-2026-0008, LOTE 1, conforme a los Artículos 145 y 147 de la Ley Núm. 47-25 y las disposiciones del”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 147 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 147 — Incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso
Artículo 147.- Incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso. La institución contratante, ante incumplimiento parcial de las prestaciones fijadas en el contrato o cumplimiento defectuoso de este, podrá aplicar las penalidades que hayan sido establecidas en los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo.- Las penalidades impuestas deben ser proporcionales al incumplimiento y las cuantías de cada una no podrán superar el diez por ciento (10%) del precio del contrato, ni el total de ellas superar el treinta por ciento (30%) del mismo y, estas se hacen efectivas mediante la deducción de las cantidades que por concepto de pago total o parcial deban abonarse al proveedor.
El pliego sitúa el perfeccionamiento después de la publicación del contrato y su registro ante la Contraloría. La Ley establece que el contrato se perfecciona con su formalización; conviene aclarar la cláusula para evitar incertidumbre sobre cuándo produce efectos el contrato.
“Se considerará perfeccionado una vez publicado en el SECP-Portal Transaccional y en el portal institucional del Banco Agrícola, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su suscripción y, además, una vez registrado ante la Con”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 132 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 132 — Perfección del contrato
Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.
El pliego consigna que el contrato precedente venció el 2 de julio de 2026 y que esta contratación se convoca el 17 de agosto de 2026, aunque la califica como continuidad operativa crítica. Es un intervalo que conviene revisar por el riesgo de interrupción y la planificación de una contratación recurrente; el documento no afirma que el servicio se haya interrumpido.
“La presente contratación constituye la renovación de los servicios contratados mediante el contrato BA-CCC-PEPU-2025-0003, suscrito el 2 de julio de 2025 con CAMSOFT, S.R.L., por un período de un (1) año. … El contrato precedente BA-CCC-PEP”
CAMSOFT, S.R.L.El acta anterior autorizó su invitación directa como proveedor único para el Lote 1; el pliego solicita su propuesta. El monto indicado es el estimado del lote, no una oferta registrada en este documento.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona