La solicitud, fechada el 14 de agosto de 2026, requiere la adquisición de un camión compactador, una unidad, por un monto estimado de RD$7,400,000. Indica que la compra no está planificada; el portal también informa que la institución no publicó un Plan Anual de Compras 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud registra la compra como no planificada, y según el portal la institución no tiene publicado un Plan Anual de Compras 2026. Esto merece revisión porque la Ley dispone que toda contratación conste en el plan, salvo las excepciones previstas; el contexto señala que otra solicitud de la institución también identificó una compra de este tipo como no planificada.
“Planificada: tto” (pág. 1)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 86 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 86 — Plan Anual de Contrataciones (PAC)
Artículo 86.- Plan Anual de Contrataciones (PAC). Las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley tendrán la obligación de elaborar planes anuales de contratación de obras, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por los reglamentos de aplicación de la presente ley. Párrafo I.- Los planes anuales de contratación deberán ser publicados y gestionados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en los portales de las instituciones contratantes. Párrafo II.- Sin perjuicio de las excepciones previstas, toda contratación deberá constar en estos planes y estos deberán ser consistentes con las apropiaciones…
La solicitud identifica el bien con el código UNSPSC 25101507, mientras que el portal registra el ítem con el código 25101914. La diferencia puede dificultar la clasificación y trazabilidad del objeto; conviene verificar cuál código corresponde al camión compactador requerido.
“12.03.6.04.1.01 ADQUISICIÓN DE CAM¡ON COMPACTADOR” (pág. 1)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 4 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 4 — Definiciones
Artículo 4.- Definiciones. Para la aplicación de este reglamento se tomarán en cuenta las siguientes definiciones: 1. Catálogo Temático: Herramienta que permite organizar los bienes y servicios en función de los sectores o ámbitos de políticas públicas priorizadas por el gobierno. 2. Catálogo de Bienes y Servicios: Instrumento mediante el cual se implementa el Clasificador UNSPSC y que permite la identificación de los productos y servicios susceptibles de ser adquiridos o contratados por el Estado dominicano. 3. Criterio de adjudicación: Regla definida en el pliego de condiciones que establece la base sobre la cual se seleccionará la propuesta más conveniente —ya sea la mejor relación…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona