La certificación cubre solo el 1.5% del valor del proceso
· hace 2 meses
El documento certifica RD$7,263,739.50 para 2026, equivalente al 1.5% del valor total de RD$484,249,300.00, y señala que el proceso se consumirá con presupuesto de 2027. El artículo 93 exige que la certificación previa al inicio haga constar el monto total del egreso previsto; corresponde verificar cómo se respalda presupuestariamente el saldo antes de iniciar el procedimiento.
“CERTIFICAMOS que esta División de Presupuesto cuenta con los recursos suficientes para el lanzamiento del proceso adquisición "MEDICAMENTOS E INSUMOS RESERVADOS A MIPYMES/MUJER, PARA EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE DICIEMBRE 2026 Y JUNIO 2027"” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 93 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
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