El Acta núm. 164-2026, de fecha 2026-08-17, enmienda el pliego de la licitación MISPAS-CCC-LPN-2026-0004 para precisar que la experiencia mínima de tres servicios o contratos similares puede acreditarse con documentos de instituciones públicas o privadas. También modifica compromisos relativos a conductores e inspecciones; el propio texto mantiene diferencias entre la documentación requerida y su matriz de evaluación, incluida la experiencia de los choferes.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La lista enmendada pide capacitación en manejo defensivo y aceptación de inspecciones aleatorias, pero la matriz de evaluación conserva la referencia a manejo ofensivo y a una inspección general. Además, la lista revisada no incluye el compromiso sobre equipamiento mínimo que sí aparece en la matriz; la divergencia deja incierto qué se verificará con el criterio cumple/no cumple.
“Que garantizan que el personal se encuentre capacitado en servicio al cliente y manejo defensivo. • Que aceptan inspecciones aleatorias por parte del personal técnico del MISPAS a los autobuses que estarán prestando el servicio. … Que garan” (pág. 8)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 101 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
El numeral 11.1.2 exige que los conductores tengan al menos dos años de experiencia, mientras que el criterio de evaluación reproducido en el acta exige cuatro. La diferencia puede cambiar quién cumple el requisito y requiere aclarar cuál regla se aplicará.
“además de demostrar que los mismos poseen por lo menos dos (02) años de experiencia. … además de demostrar que los mismos poseen por lo menos cuatro (04) años de experiencia.” (págs. 2-4)
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Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
Cambios que introduce (2)
Sección
Antes
Después
Efecto
11.1.2, numeral 4; 12.1.3, numeral 4Acreditación de experiencia del oferente
Exigía acreditar experiencia suministrando bienes similares a diferentes instituciones gubernamentales.
Admite documentación de instituciones públicas o privadas y exige evidenciar al menos tres servicios o contratos de naturaleza y características similares al transporte contratado.
Relaja
11.1.2, numeral 6Compromisos sobre conductores e inspección de autobuses
La carta exigía conductores en perfecto estado de salud y condición visual, capacitación en manejo ofensivo y aceptación de una inspección por parte del MISPAS.
La carta exige óptimas condiciones de salud física, mental y visual, capacitación en manejo defensivo y aceptación de inspecciones aleatorias por personal técnico del MISPAS.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona