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Solicitud de compra

SOLICITUD.pdf

AQUISICION DE PLATAFORMA TECNOLOGICA HOSPITALARIA INTEGRAL · Hospital Provincial Ricardo Limardo

Publicado el 13 ago de 2026Fechado el 12 ago de 20261 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso HPRL-CCC-LPA-2026-0001

Lo que dice

La solicitud del Hospital Provincial Ricardo Limardo, fechada el 13 de agosto de 2026, registra la adquisición de una unidad de una plataforma tecnológica hospitalaria integral por RD$13,335,000. La solicitud indica que la compra no estaba planificada; el portal registra el proceso como cancelado.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentosRD$13.3 millones

La solicitud registra la compra como no planificada

Documento del 13 ago 2026 · hace 2 meses

La solicitud marca «Planificada: No». Esto merece verificarse frente al artículo 86 de la Ley 47-25, que dispone que, salvo excepciones, toda contratación debe constar en los planes anuales; el portal tampoco muestra un PAC 2026 de la institución entre los planes publicados, aunque eso no demuestra por sí solo que no exista. Además, el resumen del informe pericial del 13 de agosto menciona apropiación presupuestaria en el plan anual, por lo que conviene aclarar la discrepancia.

“Planificada: No” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 86 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 86 — Plan Anual de Contrataciones (PAC)

Artículo 86.- Plan Anual de Contrataciones (PAC). Las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley tendrán la obligación de elaborar planes anuales de contratación de obras, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por los reglamentos de aplicación de la presente ley. Párrafo I.- Los planes anuales de contratación deberán ser publicados y gestionados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en los portales de las instituciones contratantes. Párrafo II.- Sin perjuicio de las excepciones previstas, toda contratación deberá constar en estos planes y estos deberán ser consistentes con las apropiaciones…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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ContextoHallazgo en documentosRD$13.3 millones

Estimación muy superior a la mediana de referencia

Documento del 13 ago 2026 · hace 2 meses

La solicitud estima RD$13,335,000 por una unidad. Según la referencia contextual de otros procesos para el mismo objeto y unidad, la mediana es RD$220,000; la diferencia amerita validar la comparabilidad de alcances y la estimación de mercado, pues el conjunto de referencia puede incluir prestaciones distintas y no representa precios pagados.

“1 | | 2.6.8.3.01 | PLATAFORMA TECNOLOGICA INTEGRAL HOSPITALARIA | UND | 1 | 13,335,000.00 | 13,335,000.00” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 88 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 88 — Actuaciones incluidas en los estudios previos

Artículo 88.- Actuaciones incluidas en los estudios previos. Las instituciones contratantes deberán agotar para la realización de los estudios previos, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación, de manera enunciativa y no limitativa, una o varias de las actuaciones siguientes: 1) Estudios de mercado; 2) Consultar los catálogos de bienes y servicios y sistemas de información de precios administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato; 4) Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la institución; 5)…

Otros documentos del proceso (9)

  • FICHA TECNICA.pdfPliego · 13 ago de 2026 · 2 señales
  • ACTA DE LA BASE.pdfPliego · 13 ago de 2026
  • ACTO ADMINISTRATIVO.pdfActa · 13 ago de 2026
  • PLIEGO DE CONDICIONES.pdfPliego · 13 ago de 2026 · 8 señales
  • ACTA DE COMITE.pdfActa · 13 ago de 2026 · 1 señal
  • INFORME PERICIAL.pdfInforme pericial · 13 ago de 2026
  • APROBACION DE LA OGTIC.pdfDocumento · 13 ago de 2026
  • INFORME DE ASISTENCIA OGTIC.pdfDocumento · 13 ago de 2026
  • observaciones_HPRL-CCC-LPA-2026-0001.pdfDocumento · 1 sept de 2026

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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