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Pliego

PLIEGO ALMUERZO RV.pdf

“CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ALMUERZO PARA EL PERSONAL DE SERVICIOS GENERALES DE LA SEDE PRINCIPAL DEL FIDEICOMISO RD VIAL” · FIDEICOMISO Vial RD

Publicado el 14 ago de 202644 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso FIDEICOMISO-CCC-CP-2026-0007

Lo que dice

El pliego de agosto de 2026 establece una contratación de almuerzos, reservada a MIPYME Mujer, con valor referencial de RD$6,400,000, un promedio de 70 platos diarios y ejecución prevista por diez meses. Fija requisitos de capacidad, experiencia y solvencia, y una evaluación de hasta 80 puntos técnicos y 20 económicos. El documento contiene reglas y plazos internos que merecen aclaración por su posible efecto en la participación, la puntuación y la ejecución.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (8)

A revisarHallazgo en documentosRD$960,000

Requisitos acumulados de capacidad y experiencia pueden limitar la concurrencia

Documento del 14 ago 2026 · hace 2 meses

Para un servicio estimado en RD$6,400,000, el pliego exige, entre otros, cuatro años de experiencia, tres experiencias o contratos respaldados, línea de crédito del 15% y al menos dos vehículos. La combinación supone barreras de capacidad y solvencia cuya proporcionalidad respecto de la prestación y del monto conviene verificar.

“Disponer de una línea de crédito del 15% del monto a participar. Contar con un mínimo de dos (2) vehículos para la prestación del servicio.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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A revisarHallazgo en documentos

Plazos de entrega incompatibles dentro del pliego

Documento del 14 ago 2026 · hace 2 meses

En una sección se dispone que el servicio se entregue dentro de las 24 horas siguientes al pago del anticipo; en otra, se permite hasta 12 semanas desde cada solicitud formal. Son plazos muy distintos para una prestación de almuerzos diarios y pueden afectar la comprensión de las obligaciones y la comparación de ofertas.

“El tiempo de entrega de los bienes será a requerimiento, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al pago del anticipo. El … proveedor adjudicatario deberá cumplir con cada requerimiento en un plazo máximo de doce (12) semanas”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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A revisarHallazgo en documentos

Requisito fiscal puede excluir a MIPYMES con atrasos recientes

Documento del 14 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego exige estar al día con DGII y TSS sin recoger la excepción legal que permite participar a MIPYMES con atrasos de hasta seis meses, bajo las condiciones previstas en la ley. Al estar el proceso reservado a MIPYME Mujer, esta condición puede restringir la participación de oferentes que la ley contempla como elegibles.

“Estar al día con sus obligaciones fiscales en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) 6) Estar al día con el pago de sus obligaciones de la Seguridad Social en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Reglamento 52-26, art. 223 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones

Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…

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Reglamento 52-26, artículo 223 — Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social

Artículo 223.- Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social. De conformidad con lo establecido en la Ley núm. 47-25, las MIPYMES pueden participar en procedimientos de contratación aun cuando no se encuentren al día en sus obligaciones fiscales y de la seguridad social, siempre que el incumplimiento no se haya extendido por un período mayor a seis (6) meses. Párrafo I. A fin de cumplir con esta excepción, el oferente debe presentar certificación de la Dirección General de Impuestos Internos o de la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se haga constar el momento a partir del cual inició el incumplimiento de las obligaciones. Párrafo II. A los fines de este artículo,…

A revisarHallazgo en documentos

Criterios de puntuación cualitativa sin escalas verificables

Documento del 14 ago 2026 · hace 2 meses

Criterios como adecuación nutricional, presentación del menú y experiencia parcial o amplia usan categorías valorativas sin definir indicadores comprobables o cómo distinguir sus niveles. Esto deja margen de apreciación en una evaluación técnica que incide en la adjudicación.

“- Adecuación nutricional (3 puntos): Cumple parcialmente → 1 punto Cumple en la mayoría → 2 puntos Cumple totalmente → 3 puntos”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 116 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

Texto oficial completo

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

A revisarHallazgo en documentos

La puntuación de capacidad del personal no tiene un máximo coherente

Documento del 14 ago 2026 · hace 2 meses

El cuadro asigna 10 puntos a capacidad del personal, pero las reglas posteriores contemplan 5 puntos por personal mínimo, 5 por formación y 5 por certificaciones, que suman 15. La discrepancia puede alterar el total técnico y la comparación entre ofertas.

“2. Capacidad del Personal – Máximo 10 puntos -Personal Mínimo Requerido (5 Puntos) - Presenta personal mínimo o superior → 5 puntos … Formación académica (5 puntos”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 116 · Reglamento 52-26, art. 118 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación

Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…

A revisarHallazgo en documentos

El umbral de liquidez deja un rango sin clasificación clara

Documento del 14 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego fija cumplimiento a partir de 0.9, pero define el incumplimiento como menor o igual a 0.09. Queda sin regla expresa el rango entre esos valores, lo que puede producir evaluaciones distintas entre oferentes.

“Límite establecido: Mayor 0.9 Mayor o igual que ≥ 0.9 (Cumple) Menor que ≤ 0.09 (No cumple)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

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Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

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ContextoHallazgo en documentosRD$6.4 millones

Umbral estimado muy próximo al límite de la modalidad

Documento del 14 ago 2026 · hace 2 meses

El valor referencial de RD$6,400,000 queda RD$36,757.51 por debajo del máximo de RD$6,436,757.50 para contratación simplificada de servicios en 2026; el siguiente umbral comienza en RD$6,436,757.51. La proximidad, por sí sola, no acredita irregularidad, pero conviene contrastar la estimación con el estudio de mercado y el alcance previsto.

“El valor referencial para el “CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ALMUERZO PARA EL PERSONAL DE SERVICIOS GENERALES DE LA SEDE PRINCIPAL DEL FIDEICOMISO RD VIAL, DIRIGIDO EXCLUSIVAMENTE A MIPYME MUJER” asciende a Seis Millones Cuatrocientos Mil”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 57 · Ley 47-25, art. 59 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 57 — Selección por cuantía

Artículo 57.- Selección por cuantía. La selección por cuantía aplicará en: 1) La licitación pública cuando el valor estimado sea igual o superior al umbral mínimo determinado en aplicación del tratado internacional de libre comercio vigente, el cual deberá ser fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 2) La contratación simplificada cuando el valor estimado sea inferior al umbral fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) La contratación menor cuando el valor estimado sea inferior al umbral de contratación simplificada fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de…

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Ley 47-25, artículo 59 — Umbrales de contratación

Artículo 59.- Umbrales de contratación. Los umbrales topes para la modalidad de selección a aplicar en un proceso de contratación serán calculados por la Dirección General de Contrataciones Públicas anualmente, multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso Nacional, por los factores siguientes, según corresponda a obras, bienes o servicios: 1) Licitación pública: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 2) Licitación pública abreviada: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 3) Sortero de obras: a) Obras: 0.00015. 4) Contratación simplificada: a) Obras: 0.00004; b) Bienes: 0.0000015; c)…

ContextoHallazgo en documentos

Exige refrigeración exclusiva para pescados sin preverlos en el menú

Documento del 14 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego exige refrigeradores exclusivos para pescados y mariscos, aunque las opciones de menú descritas no incluyen esos alimentos. Conviene verificar la necesidad técnica de ese requisito, pues impone infraestructura adicional que puede limitar a los participantes.

“Disponer de refrigeradores independientes y de uso exclusivo para pescados y mariscos, evitando la contaminación cruzada”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Otros documentos del proceso (7)

  • DICTAMEN ALMUERZO.pdfPliego · 14 ago de 2026
  • Solicitud de Compras CP 07.pdfSolicitud de compra · 14 ago de 2026 · 2 señales
  • Convocatoria CP 07.pdfDocumento · 14 ago de 2026
  • ACTA INICIO ALMUERZO (2).pdfInforme pericial · 14 ago de 2026 · 2 señales
  • FORMULARIOS EDITABLES.zipDocumento · 14 ago de 2026
  • FormularioCapacidad Instalada.docxDocumento · 14 ago de 2026
  • Estudio Previo Almuerzo.pdfEstudio previo · 14 ago de 2026 · 3 señales

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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