El pliego establece la subasta inversa OGTIC-CCC-SI-2026-0009 para adquirir 239 unidades de mobiliario, por un presupuesto base de RD$8,500,000.00, en un único lote y dirigida a Pymes de la Región Cibao Norte. Fija el cierre de ofertas para el 26 de agosto de 2026 y prevé entregas a requerimiento dentro de cinco días laborables. Según los datos del portal, se registraron ofertas de dos empresas y el proceso figura desierto; este pliego no adjudica ni declara desierto el procedimiento.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Aunque el procedimiento es una subasta inversa para el lote completo, el pliego incluye bienes de fabricación a la medida. Corresponde verificar si el lote completo puede tratarse como bienes comunes y estandarizados, condición que la ley establece para esta modalidad.
“Elaboración: A la medida … Mueble principal del lobby Elaboración: Hecho a la medida”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 63 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 63 — Subasta inversa
Artículo 63.- Subasta inversa. La subasta inversa es el procedimiento de selección que podrá utilizarse para contratación de bienes comunes y estandarizados, en el cual los oferentes realizan propuestas en el plazo establecido en la presente ley, reduciendo el precio inicialmente ofertado en valores o porcentajes mínimos mediante puja electrónica a través del Sistema Electrónico de las Contrataciones Públicas o a través de subasta presencial ante la institución contratante. Párrafo.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley determinarán el procedimiento y mecanismo aplicable para la realización de la subasta inversa, garantizando que sea de manera pública, transparente y en igualdad…
Para este lote de RD$8,500,000 se exigen estados financieros de dos ejercicios certificados por auditor o CPA, índices mínimos de solvencia y liquidez, y al menos dos referencias de contratos u órdenes ejecutados. Conviene verificar que la exigencia conjunta resulte proporcional al valor y naturaleza del suministro y no limite innecesariamente la competencia entre Pymes.
“Estados Financieros de los dos (02) últimos ejercicios contables consecutivos 2024-2025, certificados por una firma de auditores o un CPA (contador público autorizado), donde se verificará el índice de solvencia y el índice de liquidez corr”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego define la puja y la adjudicación por un lote completo, pero también indica que la oferta económica se compara con valores estimados por bien o artículo. Como el documento presenta un único presupuesto estimado total, conviene verificar cómo se aplican en el sistema los límites por artículo y el precio del lote para que los oferentes puedan formar ofertas comparables.
“(La puja será realizada por lote completo) … La evaluación de las ofertas económicas iniciales será bajo la metodología Cumple/ no cumple, verificando que estas sean menores al valor estimado de cada bien (producto, artículo, ítem), lote, e”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Se exige tener en stock al menos el 30 % de los bienes ofertados y entregar a requerimiento en cinco días laborables. Dado que el lote incluye muebles hechos a la medida y numerosos tipos de bienes, conviene verificar si estas condiciones son proporcionales al objeto y no restringen la participación de proveedores capaces de fabricar o abastecerlos bajo pedido.
“Nota II: Los oferentes deberán acreditar disponibilidad inmediata de al menos el treinta por ciento (30%) de los bienes ofertados en stock, respecto de los ítems presentados en su propuesta. … con un tiempo de entrega de 5 días laborables, ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego contiene una frase que combina 20 % y 30 % para el anticipo a una MIPYME; además, otra sección limita el anticipo al 20 %, mientras una sección posterior indica 30 %. La ley establece un anticipo del 30 % para las contrataciones con MIPYMES, por lo que la inconsistencia deja incierto el pago aplicable.
“Si se trata de un adjudicatario certificado como MIPYME, por concepto de avance recibirán el veinte por ciento (30%) y solo se podrá exigir como garantía, una fianza prestada a través de una compañía aseguradora11 … Si se trata de un”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
El pliego solicita declarar que el oferente no está dentro de las prohibiciones del artículo 233 de la Ley 47-25. Ese artículo trata sobre falsedad en declaraciones juradas; el régimen de inhabilidades para contratar está en los artículos 38 y 39. Conviene aclarar qué declaración y qué régimen se pretende verificar.
“Declaración jurada simple (no requiere firma de notario público) del oferente manifestando que no se encuentra dentro de las prohibiciones en el artículo 233 de Ley núm. 47-25.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · Ley 47-25, art. 39 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar
Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…
Artículo 39.- Prohibiciones. Se prohíbe a los exfuncionarios públicos que hayan ocupado los cargos indicados en el numeral 1), literal a) del artículo 38 gestionar o representar intereses privados y particulares ante la institución a la que prestaron sus servicios o ante las instituciones que les sean subordinadas, durante los doce (12) meses siguientes a la fecha de su salida del cargo. Párrafo I.- La prohibición establecida en este artículo es permanente con relación a los asuntos que hayan conocido o decidido en ocasión del ejercicio de sus funciones, en el marco de los procesos de contratación. Párrafo II.- Para el caso de los demás servidores públicos previstos en el artículo 38 de la…
Oferentes que registra (2)
2 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Hambientes Modulares, SRLOferta registrada en el portal como cargada/pendiente; el pliego no determina su habilitación.
Mencionado
Lote completo
RD$5,424,051
Serd-Net, SRLOferta registrada en el portal como cargada/pendiente; el pliego no determina su habilitación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona