El informe definitivo, fechado el 4 de agosto de 2026, evalúa la única oferta recibida para los servicios de producción, coordinación y logística de eventos del INDOTEL. Concluye que Agencia de Viajes Milena Tours, SRL cumple las verificaciones legales y financieras y obtiene 100 de 100 puntos en la evaluación técnica, por lo que queda habilitada para la fase económica; este informe no adjudica el contrato.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe presenta como criterio técnico mínimo 25 años de experiencia ininterrumpida en servicios logísticos integrales para eventos. Dado que el portal registra un solo oferente y el valor estimado del proceso es RD$6,400,000, conviene revisar si ese umbral de antigüedad es proporcional al objeto y si mide capacidad efectiva de ejecución, pues puede limitar la concurrencia.
“Contar mínimo con veinticinco (25) años de experiencia ininterrumpida y comprobada en la prestación de servicios logísticos integrales para la organización de eventos institucionales”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
La evaluación asigna 50 puntos a la conformidad técnica y otros 25 a criterios técnicos mínimos que vuelven a incluir experiencia consolidada, gestión hotelera, licencia turística y trayectoria institucional; además, reserva 25 puntos a experiencia como proveedor. Esta superposición puede dar peso repetido a los mismos atributos y amerita comprobar cómo se aplicó la puntuación conforme al pliego.
“• Experiencia consolidada: Contar mínimo con veinticinco (25) años de experiencia ininterrumpida y comprobada… … - Experiencia consolidada y continua en la prestación de servicios logísticos integrales.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 101 · Reglamento 52-26, art. 113 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Reglamento 52-26, artículo 113 — Naturaleza y tratamiento de los requisitos de calificación y de la experiencia del oferente
Artículo 113.- Naturaleza y tratamiento de los requisitos de calificación y de la experiencia del oferente. Los requisitos de calificación constituyen condiciones de habilitación del oferente y no forman parte de los criterios técnicos, económicos ni especiales de evaluación. Su verificación debe realizarse, como regla general, mediante la metodología “cumple/no cumple”, conforme a los artículos 37 y 114 de la Ley núm. 47-25. Párrafo I. Los requisitos de calificación solo pueden ser objeto de ponderación por puntaje en las circunstancias excepcionales previstas en la ley, debidamente justificadas en el pliego de condiciones, cuando la especialidad o complejidad del objeto contractual haga…
Oferentes que registra (1)
1 habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Agencia de Viajes Milena Tours, SRLEl informe concluye que cumple los requisitos legales y financieros y los criterios técnicos del pliego; obtuvo 100 de 100 puntos técnicos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona