Enmienda del cronograma tras la apertura de ofertas
· hace 2 meses
El acta aprueba el 10 de agosto una modificación del cronograma después de que las ofertas fueran recibidas y abiertas el 30 de julio, y traslada la adjudicación que estaba prevista para el mismo 10 de agosto. La modificación solo desplaza etapas posteriores a la presentación de ofertas y el documento no consigna cambios en los requisitos ni en los criterios; conviene verificar su publicación y comunicación oportuna a los participantes.
““Que las ofertas técnicas y económicas de los oferentes participantes fueron presentadas y recibidas formalmente por via electrónica a través del SECP y en soporte físico el día treinta (30) de julio del año dos mil veintiséis (2026), proce”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
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