La aprobación se atribuye a las direcciones, no al comité
· hace 2 meses
El documento atribuye la aprobación de las bases y la designación de peritos a la Dirección Administrativa y a la Dirección Financiera, sin consignar una decisión del Comité de Contrataciones Públicas. La ley asigna al comité la aprobación del procedimiento y del pliego, así como la designación de peritos; conviene verificar el acto de competencia que respalda esta actuación.
“La dirección adrninistrativa jr dirección la financiera del Instituto de Desarrollo y Cródito Cooperativo (IDECOOP), RESUELVE: PRIMERO: Aprebar la base de la cóntratación (Fichas tecnicas),”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 18 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 18 — Comités de contrataciones públicas
Artículo 18.- Comités de contrataciones públicas. Los comités de contrataciones públicas son órganos deliberativos y decisorios permanentes que conocerán, a lo interno de la estructura organizacional de las instituciones, las contrataciones sometidas al ámbito de aplicación de la presente ley, los cuales tendrán de manera indicativa y no limitativa, las funciones siguientes: 1) Aprobar mediante acto administrativo el procedimiento de selección para contratar y el pliego de condiciones correspondiente; 2) Aprobar mediante resolución motivada el uso de algunas de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección previstos en la presente ley; 3) Aprobar o rechazar el dictamen de…
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