Exclusión del lote 1 por la ubicación de la garantía en el Sobre A
· hace 2 meses
El acta consigna que Rodriguez Pimentel S&S Group SRL no pasó al Sobre B por incluir la garantía de seriedad en el Sobre A, y luego adjudica el lote 1 a Express Tires- Lba, SRL por RD$3,420,780. Además, la tabla clasifica a Rodriguez como incumplimiento financiero, mientras la nota atribuye la descalificación a la ubicación de la garantía. El portal indica que el proceso estaba reservado a MIPYMES, pero los datos disponibles no acreditan si este oferente tenía esa condición al presentar su oferta; conviene verificarla, pues la Ley exime a las MIPYMES de la garantía de seriedad.
“1 | RODRIGUEZ PIMENTEL S&S GROUP SRL | NO CUMPLE | No fue habilitado para el sobre B … Nota: el oferente RODRIGUEZ PIMENTEL S&S GROUP SRL, RNC […], RPE 118740, Se descalifico su oferta ya que el oferente incluyó la Garantía de Seriedad de…”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 106 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
Reglamento 52-26, artículo 106 — Subsanación y aclaración de ofertas
Artículo 106.- Subsanación y aclaración de ofertas. Las instituciones contratantes deben garantizar que el procedimiento de evaluación preserve la igualdad de trato, la competencia y la transparencia, permitiendo la subsanación o aclaración de documentos, pero sin admitir modificaciones que alteren el contenido esencial de la oferta, su precio o sus condiciones técnicas. Párrafo I. Toda solicitud de subsanación debe realizarse formalmente, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y el correo electrónico institucional, y notificarse por las vías correspondientes. Párrafo II. El requerimiento debe indicar de manera clara y específica los documentos o informaciones que deben…