Dictamen jurídico posterior a la aprobación del pliego
· hace 2 meses
El dictamen está fechado el 4 de agosto de 2026, mientras que el resumen del acta de aprobación del pliego indica que esta ocurrió el 31 de julio. La secuencia amerita verificar si la revisión jurídica fue incorporada antes de la aprobación definitiva; este documento se refiere al pliego como proyecto.
“VISTO: El proyecto de Pliego de condiciones específicas de Bienes y Servicios Conexos para LA CONSTRUCCION DEL MERCADO MUNICIPAL DE PARAISO mediante el Procedimiento con Referencia , para el período comprendido entre 2026-2027, conforme a l” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 98 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 98 — Responsabilidad institucional en la elaboración del pliego
Artículo 98.- Responsabilidad institucional en la elaboración del pliego. Como regla general, la elaboración del pliego de condiciones es responsabilidad de la institución contratante, a través de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas, en coordinación con el área requirente de la contratación y las unidades técnicas, presupuestarias y jurídicas. Párrafo I. La Unidad Operativa de Contrataciones Públicas coordina el proceso de elaboración, vela por la coherencia del pliego con la Ley núm. 47-25, este reglamento y los instrumentos dictados por la Dirección General de Contrataciones Públicas, y asegura su incorporación al expediente administrativo. Párrafo II. El área requirente, las…
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