La ficha técnica del proceso DGAP-CCC-PEPB-2026-0006 define servicios de colocación de publicidad en radio, televisión, YouTube, páginas web y redes sociales, e identifica medios y programas concretos para una vigencia de seis meses. La convocatoria fue publicada el 2026-08-12 y el monto estimado registrado en el portal es RD$5,805,600; la ficha también establece requisitos documentales y criterios de elegibilidad y capacidad técnica.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La ficha identifica medios y programas específicos como objeto de contratación, en vez de describir criterios verificables para seleccionar los espacios o permitir que otros medios propongan alternativas. La excepción de publicidad permite contratar directamente con medios, pero conviene verificar cómo se justificó la selección de estos espacios y su relación con la necesidad institucional.
“Medios de comunicación a contratar Tiempo de contratación (Meses) Comunicaciones Pereztroika Lengua Misil 6”
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Reglamento 52-26, artículo 167 — Procedimiento de selección directa para la contratación de publicidad en medios o plataformas de comunicación social y digital
Artículo 167.- Procedimiento de selección directa para la contratación de publicidad en medios o plataformas de comunicación social y digital. La contratación directa de publicidad solo procede bajo las siguientes condiciones: 1. Que la orden de compra o el contrato se emita o se suscriba directamente con el medio de comunicación o la plataforma digital titular del espacio, programa o canal de difusión (prensa, radio, televisión, sitio web, red social, plataforma de streaming, entre otros). 2. Que el medio o la plataforma esté legalmente constituido y registrado ante la autoridad competente, cuando corresponda. 3. Que no exista intermediación comercial, agencias o representantes que…
La ficha enumera para el oferente documentos propios de sociedades —estatutos, nómina de accionistas y acta de asamblea— sin indicar que solo aplican a personas jurídicas. Como la ley permite participar a personas físicas, debe verificarse si el pliego completo aclara su aplicación para evitar que estos recaudos funcionen como barrera para esos oferentes.
“Copia de los Estatutos sociales vigentes debidamente registrado en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente. • Copia de la nómina de accionistas y acta de asamblea realizada mediante la cual se designe expresamente el actual geren”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 35 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 35 — Oferentes
Artículo 35.- Oferentes. Podrán participar como oferentes en los procedimientos de contrataciones públicas previstos en la presente ley las personas siguientes: 1) Las personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, u otras entidades con capacidad jurídica para contratar y asumir obligaciones, que hagan oferta de obras, bienes o servicios requeridos por las instituciones contratantes; y 2) Dos o más personas de las indicadas en el numeral 1) de este artículo, que presenten oferta como un conjunto y actuando como una sola persona y que, en consecuencia, serán consideradas como un consorcio, asumiendo responsabilidad solidaria frente a la institución contratante; a tales fines,…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
La ficha exige a todo oferente certificaciones que acrediten estar al día con obligaciones fiscales y de seguridad social. La Ley permite a las MIPYMES participar aunque tengan atrasos de hasta seis meses; debe verificarse que esa excepción se respete en la evaluación, aunque el proceso no esté reservado a MIPYMES.
“Certificación de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) en el cual se manifieste que el oferente está al día con sus obligaciones fiscales. • Certificación de pago de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), la cual manifieste ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones
Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…
Comunicaciones Pereztroika, SRLLa ficha la identifica para Lengua Misil y El Fogón de la Mañana; el portal registra contratos activos por RD$424,800 y RD$531,000.
Adjudicado
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RD$955,800
El Dominicano EIRLLa ficha lo identifica para un espacio publicitario; el portal registra un contrato activo.
Adjudicado
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RD$354,000
Producciones Imelka / Hablando Sin RodeosLa ficha lo identifica para Hablando Sin Rodeos; el portal registra un contrato activo a nombre de IMELKA LUISA GARCIA HERRERA.
Adjudicado
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RD$424,800
Teleimpacto SRLLa ficha lo identifica para un espacio publicitario; el portal registra un contrato activo.
Adjudicado
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RD$531,000
Daily Soluciones DiversasLa ficha lo identifica para Noticias y Proyecciones; el portal registra un contrato activo.
Joel Benjamin Del OrbeLa ficha lo identifica para Agenda Oriental TV; el portal registra una oferta de RD$708,000, pero no figura un contrato activo a su nombre.
Mencionado
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RD$708,000
Tendencia Social / DAVMEL SRLLa ficha lo identifica para Tendencia Social; el portal registra una oferta de RD$354,000, pero no figura un contrato activo a su nombre.
Mencionado
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RD$354,000
Junior J. Pimentel BritoLa ficha lo identifica para Junior Noticias; el portal registra un contrato activo.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona