miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

6. Pliego de Condiciones MIVHED-DAF-CM-2026-0067.pdf

Construcción Bajo Techo Pabellón Multiusos Universidad Tecnológica Del Cibao Oriental (UTECO) - Atendiendo a la Res. Núm. PNP-03-2026 - Contratación Sostenible · Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones

Publicado el 11 ago de 202670 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MIVHED-DAF-CM-2026-0067

Lo que dice

El pliego del proceso MIVHED-DAF-CM-2026-0067 convoca una Contratación Menor para construir el pabellón multiusos de UTECO, con convocatoria del 11 de agosto de 2026, un lote y valor referencial de RD$49,018,553.29. Fija criterios técnicos y económicos, un plazo de ejecución de 12 a 18 meses y adjudicación por mejor relación calidad-costo; este documento no adjudica ni identifica oferentes habilitados.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentosRD$49 millones

El pliego consigna dos cifras distintas para el presupuesto del lote

Documento del 11 ago 2026 · hace 2 meses

En la sección sobre el proyecto se indica un presupuesto estimado de RD$44,044,581.32, pero el cuadro de esa misma página consigna RD$49,018,553.29, cifra que también aparece como valor referencial en otras secciones y en el portal. La diferencia puede afectar la base para comparar ofertas y aplicar el límite inferior del 10%; conviene aclarar cuál cifra rige.

“Para la intervención de este proyecto se contempla un (1) lote único, con presupuesto estimado de Cuarenta y Cuatro Millones Cuarenta y Cuatro Mil Quinientos Ochenta y Un Pesos Dominicanos con 32/100 (RD$44,044,581.32) … 49,018,553.29”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto

Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentosRD$44.1 millones

Cinco ofertas coinciden exactamente con el límite inferior del pliego

Documento del 11 ago 2026 · hace 2 meses

Según las ofertas registradas en el portal, cinco proveedores presentaron RD$44,116,698, cifra que coincide con el 90% del valor referencial de RD$49,018,553.29 (RD$44,116,697.961, redondeado al peso). El pliego establece ese 90% como umbral inferior y dispone verificar propuestas idénticas en la debida diligencia; la coincidencia merece comprobarse, aunque por sí sola no prueba coordinación.

“La Oferta Económica y el presupuesto propuesto por el Oferente / Proponente, no puede superar en más de un diez por ciento (10%) del valor estimado para contratar, ni ser inferior al diez por ciento (10%) del mismo, por esto último la ofert”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 108 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 108 — Oferta económica

Artículo 108.- Oferta económica. El sobre de la oferta económica se denominará “Sobre B” y deberá contener: 1) El precio propuesto o el costo, tomando en cuenta el ciclo de vida del bien, servicio u obra ofertada, cuando corresponda; 2) La garantía de la seriedad de la oferta, cuando aplique al procedimiento; y 3) Una declaración jurada o certificación de “oferta libre de colusión”, en la que el oferente certifique que la oferta presentada es auténtica, se ha realizado de buena fe y con la intención de aceptar la adjudicación del contrato con la entidad contratante, declarando que dicha oferta se encuentra exenta de cualquier tipo de conducta o práctica colusoria.

A revisarHallazgo en documentosRD$4.9 millones

La línea de crédito exigida puede ser una barrera de participación

Documento del 11 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego exige una certificación de línea de crédito o fondos disponibles equivalente al 20% del presupuesto referencial para empresas grandes y al 10% para MIPYMES y personas físicas: aproximadamente RD$9.8 millones y RD$4.9 millones, respectivamente, si se aplica el valor referencial de RD$49,018,553.29. Por su incidencia en la solvencia de acceso, merece verificarse que esos montos sean proporcionales al valor y naturaleza de la obra.

“Dichas cartas no pueden ser por valores inferiores a: (i) Para las grandes empresas, el veinte por ciento (20%) del presupuesto de referencia del lote por el que participa y (ii) Para las MiPymes y personas físicas el diez por ciento (10%) ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

El requisito de experiencia presenta umbrales incompatibles

Documento del 11 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego establece en una sección que la experiencia debe alcanzar un mínimo de 75% en al menos una certificación, mientras que la tabla de evaluación establece que la sumatoria de al menos tres certificaciones debe alcanzar 70%. Las condiciones no precisan si son acumulativas o cuál prevalece, lo que puede alterar la habilitación y la puntuación de los oferentes.

“sustentada en la presentación de al menos tres (03) certificaciones en las que todas o al menos una de estas certificaciones evidencien un alcance mínimo del setenta y cinco (73%) del presupuesto de referencia; … en que la sumatoria de al m”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

El portal expone las ofertas económicas al abrir un único sobre

Documento del 11 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego reconoce que la configuración del SECP reúne las ofertas técnica y económica en un solo sobre y que, al abrirlo, queda expuesta la oferta económica, aunque afirma que esta no se revisará hasta habilitar al oferente. Esa exposición anticipada reduce la confidencialidad prevista para separar y proteger las ofertas económicas hasta su apertura.

“En vista de que actualmente el SECP, para los procedimientos de Compra Menor (aplica Contratación Menor) se encuentra parametrizado para recibir un (1) solo sobre que, a su vez, debe contener tanto la oferta técnica como la económica, para ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 106 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 106 — División de las propuestas

Artículo 106.- División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Párrafo I.- Las ofertas deberán presentarse por separado a través de los medios indicados en la presente ley y bajo las medidas tendentes a garantizar su confidencialidad. Párrafo II.- Cuando las propuestas sean presentadas en físico, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres sellados y separados. Párrafo III.- Se deberá garantizar la encriptación de las ofertas presentadas a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Otros documentos del proceso (43)

  • 1. Requerimiento VMC-SCC-034-2026.pdfDocumento · 11 ago de 2026
  • 2. Solicitud de Compras.pdfSolicitud de compra · 11 ago de 2026 · 2 señales
  • 3. Certificacion Presupuestaria.pdfCertificación de fondos · 11 ago de 2026
  • 4. Resolucion de Inicio de Procedimiento.pdfPliego · 11 ago de 2026 · 2 señales
  • 5. Convocatoria.pdfDocumento · 11 ago de 2026
  • Anexo 1. Especificaciones Tecnicas Generales.pdfPliego · 11 ago de 2026
  • Anexo 2. Informe de Estudios Previos.pdfEstudio previo · 11 ago de 2026 · 1 señal
  • Anexo 3. Memoria Descriptiva-Multiusos UTECO-.pdfDocumento · 11 ago de 2026
  • Anexo 4. Planos Generales.rarDocumento · 11 ago de 2026
  • Anexo 5. Presupuesto Construcción Techado Cancha UTECO ENVIAR.xlsxDocumento · 11 ago de 2026
  • Anexo 6. Invitacion a Presentar Oferta.pdfDocumento · 11 ago de 2026

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
Anexo 7. Contrato MIVHED-DAF-CM-2026-0067.docxContrato · 11 ago de 2026
  • Anexo 8. SNCC F.033 Oferta Económica.docxDocumento · 11 ago de 2026
  • Anexo 9. SNCC F.034 Presentación de Oferta.docxDocumento · 11 ago de 2026
  • Anexo 10. SNCC F.036 Equipos Oferente.docxDocumento · 11 ago de 2026
  • Anexo 11. SNCC F.042 Información Oferente.docxDocumento · 11 ago de 2026
  • Anexo 12. SNCC.D.045 Currículo Personal.docxDocumento · 11 ago de 2026
  • Anexo 13. SNCC. D.049 Experiencia Contratista.docxDocumento · 11 ago de 2026
  • Anexo 14. Declaración Jurada - CM-2026-0067.docxDocumento · 11 ago de 2026
  • Anexo 15. Declaración Jurada de Cumplimiento - CM-2026-0067.docxDocumento · 11 ago de 2026
  • Anexo 16. Compromiso Ético de Proveedores.docxDocumento · 11 ago de 2026
  • Anexo 17. SNCCP PROV-F-040- Formulario Debida Diligencia.docxDebida diligencia · 11 ago de 2026
  • Anexo 18. Formulario de Conflictos de Interes.docxDocumento · 11 ago de 2026
  • Anexo 19. Modelo Declaración Jurada Oferta Libre Colusión.docxDocumento · 11 ago de 2026
  • Solicitud Formal de Aclaraciones MIVHED-DAF-CM-2026-0067.docxDocumento · 19 ago de 2026
  • FO-PY-016 Preguntas y respuestas para propuestas - Consultas NAVARRO.docxDocumento · 20 ago de 2026
  • Circular No. 01.pdfCircular · 25 ago de 2026 · 3 señales
  • 10. Circular 10 Notificacion Errores TOCORORO INVESTMENST.pdfCircular · 9 sept de 2026
  • 11. Circular 11 Notificacion Errores CONSORCIO SUNEST.pdfCircular · 9 sept de 2026 · 1 señal
  • 12. Circular 12 Notificacion Errores NAVARRO.pdfCircular · 9 sept de 2026 · 1 señal
  • 13. Circular 13 Notificacion Errores NU ENERGY.pdfCircular · 9 sept de 2026 · 1 señal
  • 14. Circular 14 Notificacion Errores RINCONES DEL CARIBE.pdfCircular · 9 sept de 2026
  • 1. Circular 01 Notificacion Errores SMA.pdfCircular · 9 sept de 2026 · 1 señal
  • 2. Circular 02 Notificacion Errores INVERSIONES PEYCO.pdfCircular · 9 sept de 2026 · 1 señal
  • 3. Circular 03 Notificacion Errores RPC PROYECTOS.pdfCircular · 9 sept de 2026
  • 4. Circular 04 Notificacion Errores SKYLINE CONSTRUCCIONES.pdfCircular · 9 sept de 2026 · 1 señal
  • 5. Circular 05 Notificacion Errores CONSORCIO LCMC.pdfCircular · 9 sept de 2026 · 1 señal
  • 6. Circular 06 Notificacion Errores CONSTRUCTORA SEGURA VICENTE.pdfCircular · 9 sept de 2026
  • 7. Circular 07 Notificacion Errores REFAMAR INGENIERÍA.pdfCircular · 9 sept de 2026 · 1 señal
  • 8. Circular 08 Notificacion Errores COMERCIAL BONOCO.pdfCircular · 9 sept de 2026
  • 9. Circular 09 Notificacion Errores INGENIERÍA RIÑEZ.pdfCircular · 9 sept de 2026
  • Recurso Reconsideracion RPC MIVHED-DAF-CM-2026-0067.pdfReconsideración · 30 sept de 2026
  • Acta Enmienda No.1.pdfEnmienda · 9 oct de 2026