El Acta núm. 0034-26, fechada el 10 de agosto de 2026, aprueba el informe económico y adjudica a Matos-SR Inversiones, S.R.L. el ítem 1 del proceso INEFI-CCC-CP-2026-0034 por RD$5,599,690.00, impuestos incluidos. El acta consigna ese importe en la resolución y su tabla final, pero en una tabla anterior registra RD$5,999,690.00.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Una tabla del acta consigna RD$5,999,690.00, mientras que la resolución y la tabla final fijan RD$5,599,690.00. El informe económico y el contrato registrados en el portal coinciden con el segundo monto, pero la diferencia de RD$400,000.00 en el acta amerita verificar cuál cifra quedó formalmente aprobada.
““Por un monto de RD$5,999,690.00” … “por un monto de CINCO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$5,599,690.00)””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 25 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 25 — Actos administrativos
Artículo 25.- Actos administrativos. Todos los actos elaborados en el procedimiento de contratación pública deberán ser formalizados y debidamente motivados por las instituciones contratantes, en especial: 1) El acto de aprobación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de alguno de los procedimientos de excepción previstos en la presente ley; 3) La aprobación de los pliegos de condiciones; 4) La selección de los peritos; 5) Las adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones, así como las circulares de respuesta o aclaraciones; 6) Los resultados de la evaluación en sus distintas fases; 7) La precalificación y calificación de oferentes; 8) La adjudicación; 9) La decisión de…
Según el historial aportado, Matos-SR Inversiones tenía ocho contratos con el INEFI por RD$11,816,272 en los 24 meses previos; esta acta añade una adjudicación de RD$5,599,690.00. Es un dato de concentración que conviene contrastar con la distribución de contratos y la competencia en el período.
““ADJUDICAR como en efecto ADJUDICA al oferente: 1.- MATOS-SR INVERSIONES, S.R.L., RNC, RPE: 119148, para el Item 1, por un monto de CINCO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA PESOS DOMINICANOS CON 00/100”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona