Autorización de RD$15 millones frente a proceso estimado en RD$6.44 millones
· hace 2 meses
La autorización y la solicitud citada consignan un monto de hasta RD$15 millones y un costo estimado de RD$15 millones; sin embargo, el portal registra para el proceso convocado posteriormente un estimado de RD$6,436,757, apenas RD$0.50 por debajo del máximo de RD$6,436,757.50 para contratación simplificada de servicios en 2026. Además, el PAC identificaba este evento por RD$15 millones y como Licitación Pública Nacional, mientras el portal registra una comparación de precios; conviene verificar en los estudios previos y en la actualización del PAC la justificación del cambio de estimación y modalidad, sin que la diferencia por sí sola pruebe una irregularidad.
“por medio de la presente, tenemos a bien autorizar la realización del evento Red GEALC, por un monto de hasta quince millones de pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000,000.00 … Esta solicitud se fundamenta en que la Republica Dominicana”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 56 · Ley 47-25, art. 57 · Ley 47-25, art. 86 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 56 — Selección de procedimientos
Artículo 56.- Selección de procedimientos. Los procedimientos ordinarios de selección se elegirán a partir de la cuantía o naturaleza de la contratación.
Ley 47-25, artículo 57 — Selección por cuantía
Artículo 57.- Selección por cuantía. La selección por cuantía aplicará en: 1) La licitación pública cuando el valor estimado sea igual o superior al umbral mínimo determinado en aplicación del tratado internacional de libre comercio vigente, el cual deberá ser fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 2) La contratación simplificada cuando el valor estimado sea inferior al umbral fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) La contratación menor cuando el valor estimado sea inferior al umbral de contratación simplificada fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de…
Ley 47-25, artículo 86 — Plan Anual de Contrataciones (PAC)
Artículo 86.- Plan Anual de Contrataciones (PAC). Las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley tendrán la obligación de elaborar planes anuales de contratación de obras, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por los reglamentos de aplicación de la presente ley. Párrafo I.- Los planes anuales de contratación deberán ser publicados y gestionados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en los portales de las instituciones contratantes. Párrafo II.- Sin perjuicio de las excepciones previstas, toda contratación deberá constar en estos planes y estos deberán ser consistentes con las apropiaciones…