Los términos de referencia, fechados el 28 de julio de 2026, describen el servicio integral para las reuniones RED-GEALC previstas del 30 de septiembre al 2 de octubre de 2026 y fijan un presupuesto de referencia de RD$6,436,757 según los datos del proceso. Establecen requisitos de experiencia y una evaluación técnica y económica, pero sus secciones de evaluación presentan bases de puntuación distintas y califican como no subsanables documentos de experiencia.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego dispone adjudicar por la mayor puntuación técnica, pero también asigna 10% a la propuesta económica y la denomina puntuación complementaria. Además, presenta un esquema de puntajes con mínimo técnico de 70 y otro de ponderaciones porcentuales sin explicar cómo se armonizan, lo que deja incierta la comparación y la regla que determina la oferta ganadora.
“La adjudicación del contrato se realizará a favor del oferente que obtenga la mayor puntuación técnica, entre aquellos que hayan cumplido con todos los requisitos exigidos en el pliego de condiciones, conforme al criterio de adjudicación ba”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
El pliego califica como no subsanables las certificaciones que acreditan experiencia específica del oferente. La Ley 47-25 dispone que los documentos relativos a la acreditación de requisitos de calificación son subsanables si el oferente cumplía el requisito al presentar la oferta; la regla del pliego podría impedir corregir la prueba de una condición preexistente.
“Experiencia específica del oferente: El oferente deberá proporcionar dos certificaciones de conformidad, de 2 entidades contratantes en eventos similares a la presente en los últimos 2 años. (No subsanable)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona