Perito legal designado no figura en la lista certificada de candidatos
· hace 2 meses
El acta enumera a los candidatos a perito legal certificados por Recursos Humanos, pero el perito legal seleccionado no aparece en esa lista; además, su nombre figura con dos grafías en el documento. Conviene verificar su identificación, perfil y respaldo de elegibilidad en el expediente.
“Que la Encargada del Departamento de Recursos Humanos, mediante el oficio de referencia DRH-432-26, certificó que los señores: • Ines de la Claridad Buduen, Belquis Maribel Morillo, Andrea Cuevas, Negel Pérez Gómez y Ana Morla, como peritos”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 90 · Reglamento 52-26, art. 91 · Reglamento 52-26, art. 92 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 90 — Identificación de los candidatos para fungir como peritos
Artículo 90.- Identificación de los candidatos para fungir como peritos. El área de recursos humanos, en coordinación con la unidad requirente, debe verificar si la institución cuenta con servidores públicos que cumplan el perfil para fungir como peritos. En caso afirmativo, las propuestas deben ser presentadas al órgano competente para conducir el procedimiento, sea el Comité de Contrataciones Públicas o la Dirección Administrativa. Párrafo I. Las instituciones contratantes pueden crear un registro de peritos para facilitar su selección, atendiendo a la naturaleza y tipo de contratación que se requiera. Párrafo II. La prestación de servicios como peritos por parte de los servidores…
Reglamento 52-26, artículo 91 — Formalización de designación y duración de funciones
Artículo 91.- Formalización de designación y duración de funciones. La designación de los peritos debe constar mediante acto administrativo motivado emitido por el Comité de Contrataciones Públicas. Dicho acto debe indicar: 1. Nombres, cargos y perfiles de los peritos designados; 2. Funciones específicas asignadas a cada uno; 3. Declaración de ausencia de conflictos de interés. Párrafo I. En los procedimientos de contratación directa sujeta a umbral y de contratación menor, los peritos son designados por la Dirección Administrativa y Financiera. La designación debe hacerse constar en un acta simple de inicio de procedimiento. Párrafo II. La designación de peritos tiene validez únicamente…
Reglamento 52-26, artículo 92 — Requisitos para ser perito
Artículo 92.- Requisitos para ser perito. Para ser designado como perito se requiere: 1. Ser mayor de edad y encontrarse en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos; 2. Pertenecer a la institución contratante o, en su defecto, siendo personal externo, cumplir con las condiciones de selección previstas en este reglamento; 3. Poseer título profesional, técnico o experiencia comprobada en el objeto contractual del procedimiento; 4. Estar certificado en los programas de formación de la Dirección General de Contrataciones Públicas; 5. Haber suscrito la declaración de intereses, de conformidad con lo previsto en el artículo siguiente. Párrafo. La institución contratante debe procurar…