El estudio previo de julio de 2026 propone contratar la especialidad de inglés mediante Licitación Pública Nacional, con modalidad presencial y lotes adjudicables por separado. Establece 17 cohortes para 680 docentes, a RD$7,000,000 por lote y RD$119,000,000 en total; estas cifras difieren del monto de RD$126,000,000 y los 18 ítems consignados en el portal y en el resumen del acta de aprobación del pliego. También fija requisitos de calificación, criterios de evaluación por calidad y controles para la ejecución y los desembolsos.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El estudio establece 17 cohortes y un total de RD$119,000,000; el portal registra 18 ítems de RD$7,000,000 cada uno, y el acta de aprobación del pliego resumida en el expediente consigna RD$126,000,000. La diferencia equivale a una cohorte y RD$7,000,000, por lo que debe verificarse cuál alcance y presupuesto rigen la contratación; no es un mero descuadre de redondeo.
“La población beneficiaria está constituida por seiscientos ochenta (680) docentes en ejercicio del sistema educativo preuniversitario dominicano, vinculados a la enseñanza del inglés como lengua extranjera, distribuidos en diecisiete (17) c” (pág. 14)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto
Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.
El estudio incluye el capital de trabajo como requisito habilitante de verificación binaria, pero luego afirma que la insuficiencia no excluye al oferente y solo limita los lotes asignables. La contradicción puede alterar quién califica y cómo se aplica el límite de adjudicación entre ofertas.
“Los requisitos técnicos habilitantes son de verificación binaria y su incumplimiento determina la inadmisibilidad de la oferta para el lote correspondiente. … Su insuficiencia no excluye al oferente del procedimiento: limita el número de lo” (págs. 44-46)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Para habilitarse, el programa debe conservar una vigencia no inferior a cinco años desde la presentación de ofertas, o contar con renovación o constancia de haberla solicitado. El estudio no explica por qué ese período es necesario para una ejecución académica de doce meses; conviene verificar su proporcionalidad y efecto sobre la concurrencia.
“Contar con un programa de especialidad aprobado y registrado, cuya Resolución del CONESCyT o carta de No Objeción del MESCyT se encuentre vigente a la fecha de presentación de ofertas y conserve una vigencia no inferior a CINCO (5) AÑOS con” (pág. 45)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona