El acta, fechada el 7 de agosto de 2026, adjudica el servicio de instalación de plomado en los CCDX Cotuí y Villa La Mata a Golden Tech Caribbean, SRL, por RD$5,015,000.00, al indicar que ofreció el mejor precio entre las ofertas que relaciona. La segunda oferta allí listada es la de Comercializadora Uniservicios Project Medical CUPM, SRL, por RD$5,407,844.42.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra una oferta de First Medical Depot By Guzman, SRL por RD$5,320,915, marcada «Cargada / Pendiente», pero el acta enumera solo a Golden Tech y CUPM como oferentes. Aunque esa oferta registrada no habría superado el precio de Golden Tech, conviene conciliar su estado y determinar si fue recibida y cómo se trató en la evaluación.
“OFERENTES | MONTO OFERTADO (RD$) 1 | Golden Tech Caribbean, SRL | $5,015,000.00 2 | Comercializadora Uniservicios Project Medical CUPM, SRL | $5,407,844.42”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 126 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 126 — Notificación de la adjudicación
Artículo 126.- Notificación de la adjudicación. El acto de adjudicación deberá notificarse a todos los oferentes dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles a partir de su dictado y deberá contener los resultados de la evaluación técnica y económica, incluyendo el informe técnico que justifique la decisión, conforme a lo establecido en los pliegos de condiciones, así como las razones de selección del oferente adjudicado y la información relativa a las evaluaciones de los demás oferentes. Párrafo.- La publicación del acto de adjudicación podrá sustituir la notificación cuando previamente se haya identificado la fecha y el medio a través del cual esta se producirá.
El acta adjudica un servicio especializado de instalación de plomado para áreas de rayos X y mamografía. Según la consulta DGII del 27/09/2026, posterior a la adjudicación, la actividad registrada de Golden Tech Caribbean es «servicios de publicidad»; ese dato no establece cuál era su actividad al ofertar ni prueba falta de capacidad, pero hace pertinente verificar las credenciales técnicas y la actividad económica aplicables al proceso.
“Adjudicar, SERVICIO DE INSTALACIÓN DE PLOMADO, PARA EL ÁREA DE RAYOS X Y ÁREA DE MAMOGRAFÍA DEL CCDX COTUÍ Y INSTALACIÓN DE PLOMADO, PARA EL ÁREA DE MAMOGRAFÍA DEL CCDX VILLA LA MATA.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 72 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Reglamento 52-26, artículo 72 — Calificación para contratar
Artículo 72.- Calificación para contratar. Las condiciones específicas para determinar que un oferente se encuentra calificado para asumir las prestaciones contractuales procuradas por una institución contratante deben estar establecidas en el pliego de condiciones correspondiente, atendiendo a las condiciones generales previstas en el artículo 37 de la Ley núm. 47-25.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona