El pliego, fechado el 27 de julio de 2026, establece requisitos para instalar blindaje radiológico en áreas de rayos X y mamografía del CCDX Cotuí y del CCDX Villa La Mata: espesores mínimos de 2.0 mm Pb, garantía mínima de dos años y atención de desperfectos en no más de dos días laborables. El portal registra un monto estimado de RD$5,940,000 y reserva el proceso a MIPYMES. Entre las condiciones del pliego figuran una ubicación geográfica dentro de La Vega, disponibilidad de crédito a 90 días y pago después de la entrega.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige ubicación geográfica dentro de La Vega, aunque las instalaciones se realizarán en Cotuí y Villa La Mata. La regla puede excluir MIPYMES domiciliadas en [domicilio omitido]; el Reglamento establece que el domicilio local debe vincularse con la demarcación de ejecución y que su uso como condición habilitante requiere justificación.
“LA ADJUDICACIÓN SERÁ: EVALUACIÓN POR LOTES (ÍTEM UNICO) A FAVOR DE AQUEL OFERENTE QUE: … 2- Ubicación geográfica dentro de La vega.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 173 · Reglamento 52-26, art. 224 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 173 — Domicilio local de los proveedores
Artículo 173.- Domicilio local de los proveedores. En las contrataciones destinadas para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se establecerá la condición a los proveedores interesados que tengan fijados, domicilio en el distrito municipal, municipio, provincia o región en la que se vayan a suministrar los bienes, prestar los servicios o ejecutar las obras. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley establecerán los criterios para determinar el domicilio del proveedor. Párrafo II.- Solo en caso de no existir oferentes locales calificados en el distrito municipal, municipio, provincia o región que puedan satisfacer el objeto contractual, se podrá contratar las…
Reglamento 52-26, artículo 224 — Domicilio local de los proveedores
Artículo 224.- Domicilio local de los proveedores. Para los fines del artículo 173 de la Ley núm. 47-25, el domicilio del proveedor MIPYME debe determinarse atendiendo a criterios de presencia efectiva y capacidad operativa en la demarcación territorial correspondiente, los cuales podrán acreditarse, de manera alternativa, mediante: 1. Sede principal, sucursal, oficina operativa o establecimiento registrado en la demarcación donde se ejecutará la contratación; 2. Capacidad comprobada de prestación del servicio o suministro en la zona, atendiendo a la naturaleza del objeto contractual, la logística necesaria y los tiempos de respuesta requeridos; 3. Relación comercial previa y verificable en…
El proceso está reservado a MIPYMES, pero el pliego exige certificaciones que acrediten estar al día con DGII y TSS. La Ley permite la participación de MIPYMES con obligaciones pendientes cuando el incumplimiento no supere seis meses, con la acreditación correspondiente; la exigencia general del pliego puede restringir esa participación.
“Certificación emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y/o recibos de pago donde se manifieste que el Oferente se encuentra al día en el pago de impuestos de sus obligaciones fiscales, vigente. • Certificación emitida p”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Reglamento 52-26, art. 223 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones
Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…
Reglamento 52-26, artículo 223 — Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social
Artículo 223.- Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social. De conformidad con lo establecido en la Ley núm. 47-25, las MIPYMES pueden participar en procedimientos de contratación aun cuando no se encuentren al día en sus obligaciones fiscales y de la seguridad social, siempre que el incumplimiento no se haya extendido por un período mayor a seis (6) meses. Párrafo I. A fin de cumplir con esta excepción, el oferente debe presentar certificación de la Dirección General de Impuestos Internos o de la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se haga constar el momento a partir del cual inició el incumplimiento de las obligaciones. Párrafo II. A los fines de este artículo,…
El pliego exige disponibilidad de crédito a 90 días y establece pago después de la entrega, pero no refleja el anticipo del 30% que la Ley ordena para contrataciones con MIPYMES. Conviene verificar cómo se concilian esas condiciones con el anticipo legalmente previsto y si la exigencia de crédito afecta la capacidad de participación de empresas pequeñas.
“• Disponibilidad de crédito a 90 días … Las condiciones de pago establecidas, crédito con plazo no mayor a noventa (90) días luego de haber sido realizada la entrega de los bienes o servicios requeridos y la recepción satisfactoria de los m”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
El cronograma fija una validez de 90 días, mientras que los requisitos de participación piden una duración de la oferta económica de 30 días. Esta diferencia deja incierta la duración del compromiso del oferente y merece aclaración para asegurar que todos preparen sus ofertas bajo el mismo plazo.
“Plazo de validez de las ofertas | 90 Días … • Duración de la Oferta económica de 30 días”
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona