La Circular No. 01, de fecha 2026-08-06, responde una consulta sobre la acreditación de experiencia para el proceso ISFODOSU-CCC-CP-2026-0011, relativo al reforzamiento estructural de la cocina del recinto Félix Evaristo Mejía. Reitera que la experiencia del contratista se acredita con el formulario SNCC.D.049, tres contratos y sus respectivas constancias de recepción satisfactoria; para el Encargado del Proyecto exige un mínimo de ocho años de experiencia en construcciones o reforzamiento estructural de edificaciones.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Pliego de condiciones, oferta técnica (Sobre A), experiencia del contratista y del Encargado del ProyectoAclaración de los documentos y requisitos para acreditar experiencia | La consulta pregunta si una orden de compra puede sustituir un contrato y si pueden presentarse proyectos propios. | La circular reitera que la experiencia del contratista se acredita con el formulario SNCC.D.049, tres contratos y constancias de recepción satisfactoria; el Encargado del Proyecto debe acreditar al menos ocho años de experiencia pertinente. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona