La Enmienda núm. 002-2026, fechada el 4 de agosto de 2026, modifica el plazo de vigencia de las ofertas y de la garantía de seriedad hasta el 3 de diciembre de 2026, y establece una garantía equivalente al 1% de la oferta, con excepción para MIPYMES certificadas. También cambia la evaluación económica a “Cumple / no cumple”, dispone que las ofertas incluyan los impuestos aplicables pero no presenten ITBIS y prevé descalificar las que lo incluyan; además, ajusta la regla de suscripción del contrato al cronograma y al límite de diez días hábiles desde la notificación de adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
En una cláusula la enmienda admite póliza de fianza o garantía bancaria, pero en otra señala que la garantía debe presentarse mediante póliza expedida por una compañía de seguros. Esta contradicción puede generar interpretaciones distintas sobre la aceptación de garantías bancarias y afectar la igualdad de evaluación.
“Póliza de fianza1 o Garantía Bancaria2 por un monto equivalente a uno por ciento (1%) del monto de la oferta a presentar. … Esta deberá ser presentada mediante póliza expedida por una compañía de seguros autorizada por la Superintendencia d”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 163 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 163 — Modalidades de garantías
Artículo 163.- Modalidades de garantías. Las garantías podrán ser prestadas a través de: 1) Garantía o consignación bancaria; 2) Contrato de fianza con una compañía aseguradora; y 3) Obligaciones de reposición, subsanación o reparación, cuando se trate de garantías contractuales frente a los posibles defectos o vicios ocultos en las prestaciones ejecutadas.
La enmienda fija el vencimiento de las ofertas y de la garantía de seriedad para el 3 de diciembre de 2026, mientras que el cronograma del portal estima la firma para el 7 de diciembre. Si la firma ocurre en la fecha estimada, la oferta y su garantía vencerían antes de la formalización, por lo que conviene verificar que se prorrogue su vigencia; la enmienda permite solicitar una prórroga, pero no fija que deba cubrir esa fecha estimada.
“Las ofertas presentadas por los oferentes deben estar vigentes hasta el 03 de diciembre del 2026. … Con una vigencia mínima no menor al hasta el 03 de diciembre del 2026.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 203 · Ley 47-25, art. 110 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 203 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 203.- Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta es establecida por el pliego de condiciones. Debe iniciar a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
Ley 47-25, artículo 110 — Prórroga a la validez de las propuestas
Artículo 110.- Prórroga a la validez de las propuestas. Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 105 de la presente ley, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la institución podrá solicitar una prórroga de duración determinada. Párrafo I.- El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el procedimiento. Párrafo II.- Para que la oferta se estime prorrogada se requerirá que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, cuando este aplique al procedimiento, determinándose que quien no entregue la…
El texto anterior del numeral 10.3 no se reproduce en el documento.
Las ofertas quedan vigentes hasta el 3 de diciembre de 2026; se puede solicitar prórroga antes del vencimiento y quien la acepte no puede modificar la oferta.
Neutral
Numeral 10.4 y criterio de evaluación económicaGarantía de seriedad e impuestos de la oferta
El texto anterior de los numerales modificados no se reproduce en el documento.
Fija garantía de seriedad de 1% y vigencia hasta el 3 de diciembre de 2026, con excepción para MIPYMES certificadas. Indica que la oferta económica no debe incluir ITBIS y que su inclusión conlleva descalificación.
Endurece
Numeral 11.3Metodología de evaluación económica
La metodología anterior del numeral 11.3 no se reproduce en el documento.
La evaluación de las ofertas económicas será bajo la metodología Cumple / no cumple.
Aclara
Numeral 27Plazo para suscribir el contrato
El texto anterior del numeral 27 no se reproduce en el documento.
El contrato se suscribirá en la fecha del cronograma, que no deberá superar diez días hábiles desde la notificación de la adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona