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Abriendo la ficha…

Acta de adjudicación · Acta 176/2026

Acta de Adjudicacion.pdf

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN (REPAIR SERVICES) DEL SISTEMA TOPSKY-ATC INSTALADO EN DIVERSAS DEPENDENCIAS DEL IDAC · Instituto Dominicano de Aviación Civíl

Publicado el 4 ago de 2026Fechado el 28 jul de 20265 páginasEn el mensaje «Informe final de la selección DO1.AWD.2007703»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso IDAC-CCC-PEPU-2026-0005

Lo que dice

La Resolución núm. 176/2026, emitida el 29 de julio de 2026 por el Comité de Contrataciones Públicas del IDAC, adjudica a Airport Team Solution (ATS), SRL, el procedimiento de proveedor único para mantenimiento y reparación del sistema TopSky-ATC. El monto adjudicado es RD$126,989,000.00, impuestos incluidos; la resolución consigna que la oferta cumplió los requisitos y que fue la única propuesta que acreditó íntegramente las condiciones habilitantes.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentosRD$127 millones

Oferta única adjudicada RD$1,000 bajo el estimado fijado con su propia cotización previa

Documento del 4 ago 2026 · hace 2 meses

El acta adjudica a Airport Team Solution (ATS), S.R.L., único oferente habilitado, por RD$126,989,000, es decir RD$1,000 menos que el estimado de RD$126,990,000. El estudio previo del propio proceso reconoce que ese estimado se fijó tomando como única referencia de mercado la cotización del mismo proveedor en el proceso precedente IDAC-CCC-PEPU-2024-0003, por lo que la coincidencia de montos está explicada y no existe un comparador de precio independiente.

“Que la circunstancia de que únicamente una oferta haya resultado técnicamente habilitada para la apertura y evaluación del Sobre B no constituye, por sí misma, impedimento jurídico para la adjudicación del procedimiento… … por la suma de CI”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 151 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 151 — Justificación de la excepción

Artículo 151.- Justificación de la excepción. El informe justificativo tiene por objeto demostrar la procedencia, necesidad y legalidad del uso de una excepción a los procedimientos ordinarios de selección, garantizando que dicha decisión esté motivada, documentada y aprobada formalmente por el Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante. El informe debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Identificación de la contratación. a) Nombre o descripción del objeto a contratar. b) Unidad requirente. c) Monto estimado e identificación de la disponibilidad de apropiación presupuestaria, salvo en los casos justificados de emergencia o seguridad nacional. d) Modalidad de…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

La resolución mezcla proveedor único y exclusividad

Documento del 4 ago 2026 · hace 2 meses

El acto adjudica bajo la modalidad de proveedor único, pero su razonamiento legal destaca el artículo 78, numeral 5, relativo a bienes o servicios con exclusividad. La ley distingue esa modalidad de la de proveedor único del numeral 6; conviene verificar que la justificación y las actuaciones de selección correspondan al supuesto aplicado.

“Que el artículo 78, numeral 5, de la referida Ley núm. 47-25 reconoce como procedimiento de excepción la contratación de Bienes o Servicios con Exclusividad… … ADJUDICAR, como al efecto ADJUDICA a la empresa AIRPORTTEAM SOLUTION (ATS), S.R.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 78 · Reglamento 52-26, art. 166 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción

Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos

Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…

ContextoHallazgo en documentosRD$127 millones

Estado de la oferta no coincide con la adjudicación registrada

Documento del 4 ago 2026 · hace 2 meses

La resolución adjudica a Airport Team Solution, pero el portal registra su oferta como «Cargada / Pendiente» mientras muestra un contrato activo y confirmado. Podría tratarse de un desfase de actualización; conviene comprobar la publicación y la trazabilidad del estado de la oferta en el sistema.

“ADJUDICAR, como al efecto ADJUDICA a la empresa AIRPORTTEAM SOLUTION (ATS), S.R.L.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 179 · Ley 47-25, art. 182 · Reglamento 52-26, art. 49 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 179 — Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas

Artículo 179.- Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. Se crea e instituye el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas como herramienta tecnológica oficial y obligatoria para la implementación, gestión, monitoreo y control de los procedimientos de contratación pública, desde la planificación hasta el pago y liquidación de los contratos. Párrafo I.- A través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá gestionarse y difundirse toda la información relativa a cada una de las etapas de los procedimientos de contratación pública, con excepción de aquella considerada como reservada. Párrafo II.- El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá contar con…

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Ley 47-25, artículo 182 — Obligatoriedad del sistema

Artículo 182.- Obligatoriedad del sistema. El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas será de uso obligatorio para todas las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación, y todas las actuaciones desarrolladas deberán ser debidamente publicadas en este. Párrafo.- La no publicación de una actuación en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas podrá ser causa de aplicación de las sanciones disciplinarias establecidas en el artículo 222 de la presente ley, a menos que la institución contratante demuestre que dicho incumplimiento se produjo por una imposibilidad material justificada o fallas técnicas, o el proceso de…

Oferentes que registra (1)

1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Airport Team Solution (ATS), SRLLa resolución afirma que cumplió los requisitos habilitantes y que su propuesta fue económicamente razonable y conveniente; fue adjudicada como proveedor único.Adjudicado—RD$126,989,000

Otros documentos del proceso (30)

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  • Estudio previ.pdfDocumento · 12 jun de 2026
  • Fondo.pdfCertificación de fondos · 12 jun de 2026
  • Informe peric.pdfInforme justificativo · 12 jun de 2026 · 1 señal
  • Listado de co.pdfDocumento · 12 jun de 2026
  • Pliego.pdfPliego · 12 jun de 2026 · 3 señales
  • RESOLUCION NU.pdfResolución · 12 jun de 2026 · 1 señal
  • MATRIZ DE RIESGO REPAIR SERVICES TOPSKY ATC.xlsxDocumento · 12 jun de 2026
  • SNCC.F.033 OFERTA ECONOMICA.docxDocumento · 12 jun de 2026
  • SNCC.F042 Informacion Oferente.docxDocumento · 12 jun de 2026
  • SNCC_F034Presentacion de Oferta.docxDocumento · 12 jun de 2026
  • FORM-SIG-007-007_Debida_Diligencia_Ex.docxDocumento · 12 jun de 2026

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 52-26, artículo 49 — Responsabilidad institucional y supervisión

Artículo 49.- Responsabilidad institucional y supervisión. Las instituciones contratantes son responsables de la veracidad, exactitud y actualización de la información que registren en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. El incumplimiento de las obligaciones de registro o publicación puede dar lugar a la aplicación de las sanciones disciplinarias establecidas en la ley, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas o civiles que correspondan. Párrafo. La Dirección General de Contrataciones Públicas debe ejercer funciones de monitoreo, control y asistencia técnica sobre el uso del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, y puede realizar auditorías informáticas…

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