El pliego establece las bases para renovar el licenciamiento Care Plus y Care Premium Milestone XProtect Corporate para las zonas Metro y Norte, con un presupuesto base de RD$48,992,328.00 incluidos los impuestos. La convocatoria fue publicada el 31 de julio de 2026, con recepción de ofertas hasta el 7 de agosto; el documento fija adjudicación por menor precio entre las ofertas técnicamente habilitadas. Consigna una vigencia contractual de seis meses, aunque prevé renovar las licencias por un año.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fija una vigencia del contrato de seis meses, pero dispone que la renovación del licenciamiento será por un año. La diferencia deja por aclarar cómo se exigirán y supervisarán durante los seis meses restantes las prestaciones de soporte y las demás obligaciones contractuales.
“La vigencia del Contrato sera de seis (6) meses, a partir de la fecha de la suscripcion del mismo y hasta su fiel cumplimiento y liquidacién, de conformidad con el Cronograma de entrega, el cual formar4 parte integral y vinculante del mismo”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 135 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 135 — Contenido mínimo de los contratos
Artículo 135.- Contenido mínimo de los contratos. Para ser considerados válidos, los contratos deberán tener el siguiente contenido mínimo: 1) Identificación de las partes contratantes; 2) Acreditación de la calidad de los suscribientes a los fines de la formalización del contrato; 3) Antecedentes de la contratación; 4) Definición del objeto contractual y tipo de contrato; 5) La duración del contrato, la fecha de inicio de su ejecución, el cronograma de entrega o prestaciones y la posibilidad de prórrogas a la duración; 6) La determinación del riesgo previsible y el esquema bajo el cual estará distribuido entre las partes; 7) El precio cierto o el modo de determinarlo, los criterios para el…
Aunque el documento se identifica como un procedimiento de excepción por selección competitiva y lo fundamenta en exclusividad, en otra sección describe su objeto como una contratación simplificada. La contradicción puede generar incertidumbre sobre las reglas procedimentales aplicables, aunque el cronograma y el proceso del portal lo identifican como una excepción por exclusividad.
“PLIEGO DE CONDICIONES PARA PROCEDIMIENTOS DE EXCEPCION POR SELECCION COMPETITIVA … Contratacion simplificada para la la Renovacion Licenciamiento y Soporte Care Premium Milestone Xprotect Corporate”
Artículo 77.- Excepción. La contratación por excepción es aquella que se desarrolla exceptuando de su aplicación el rigor de los procedimientos ordinarios, y que solo puede realizarse bajo las circunstancias, situaciones y condiciones previstas en la presente ley y sus reglamentos de aplicación. Párrafo.- Las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección pueden expresarse en una reducción de los plazos ordinariamente previstos o en una limitación de las reglas de competencia como consecuencia de las circunstancias del caso o la naturaleza especial de la contratación.
Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones
Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Artículo 150.- Competencia. El Comité de Contrataciones Públicas constituido en cada institución contratante es el órgano competente para la organización, gestión y ejecución de las modalidades de excepción a los procedimientos ordinarios de selección previstas en la Ley núm. 47-25.