miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Estudio previo

Informe de Estudio previo e investigacion de mercado CP-2026-0014.pdf

ADQUISICION DE MOBILIARIO DE OFICINA. · Ministerio de Agricultura

Publicado el 28 jul de 2026Fechado el 13 jul de 20267 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AGRICULTURA-CCC-CP-2026-0014

Lo que dice

El estudio, elaborado el 14 de julio de 2026, recomienda una Contratación Simplificada para adquirir 22 renglones y 412 unidades de mobiliario. Fija un presupuesto estimado de RD$5,161,792.54, mientras que el portal y documentos previos del proceso indican RD$6,414,500. También propone garantías de seriedad de 2% y de fiel cumplimiento de 10%.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentosRD$6.7 millones

La cotización de contraste cubre solo parte del objeto

Documento del 28 jul 2026 · hace 2 meses

El estudio compara una referencia histórica para los 22 renglones con una cotización de un oferente que cubre solo 17. Aun así, afirma que esa cotización confirma la razonabilidad del monto global; conviene comprobar la comparación por renglón, pues las coberturas no son equivalentes.

“Fuente 2 — Cotización de mercado (RPE) … 17 de los 22 renglones solicitados; no se obtuvo cotización de mercado para estaciones modulares, mesa lateral de cristal y los tres (3) counters de recepción. … RD$6,661,400.02 (para los 17 renglone”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 88 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 88 — Actuaciones incluidas en los estudios previos

Artículo 88.- Actuaciones incluidas en los estudios previos. Las instituciones contratantes deberán agotar para la realización de los estudios previos, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación, de manera enunciativa y no limitativa, una o varias de las actuaciones siguientes: 1) Estudios de mercado; 2) Consultar los catálogos de bienes y servicios y sistemas de información de precios administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato; 4) Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la institución; 5)…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentosRD$6.4 millones

El estudio y el monto del proceso consignan presupuestos distintos

Documento del 28 jul 2026 · hace 2 meses

El estudio fija RD$5,161,792.54, pero el portal y los documentos previos del proceso consignan RD$6,414,500, una diferencia de RD$1,252,707.46 (aproximadamente 24.3%). El listado de ítems del portal suma RD$6,414,500; el estudio no reconcilia esa cifra con su presupuesto estimado.

“Presupuesto Estimado Total; RD$5,161,792.54 (UBIS Incluido)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 92 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 92 — Presupuesto estimado

Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a , el asistente legal con IA de República Dominicana.

A revisarHallazgo en documentos

Las garantías recomendadas exceden los porcentajes reglamentarios

Documento del 28 jul 2026 · hace 2 meses

El estudio propone una garantía de seriedad de 2% y una de fiel cumplimiento de 10%. El Reglamento fija 1% para seriedad y 4% para fiel cumplimiento, con 1% para MIPYMES; la recomendación eleva esas cargas y merece verificarse frente al pliego definitivo.

“Garantía de seriedad de la oferta: equivalente al dos por ciento (2%) del presupuesto estimado, presentada al momento de la entrega de propuestas. … Garantía de fiel cumplimiento del contrato: equivalente al diez por ciento (10%) del valor ”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 202 · Reglamento 52-26, art. 207 · Ley 47-25, art. 162 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 202 — Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta

Artículo 202.- Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. El monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta es de un uno por ciento (1 %) del monto de la oferta presentada. Esta es de cumplimiento obligatorio y debe incluirse dentro del sobre que contiene la oferta económica o “Sobre B”.

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 207 — Monto de la garantía de fiel cumplimiento

Artículo 207.- Monto de la garantía de fiel cumplimiento. El monto de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, orden de compra u orden de servicio debe ser equivalente al cuatro por ciento (4 %) del monto de la adjudicación. Si con posterioridad a la firma del contrato se genera una modificación, el adjudicatario debe ajustar la garantía para que esta sea proporcional al nuevo monto establecido. Párrafo. Para las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), el monto de la garantía de fiel cumplimiento es equivalente al uno por ciento (1 %) del monto de la adjudicación. En caso de modificación posterior del monto contractual, la garantía debe ajustarse conforme a lo previsto en este…

Texto oficial completo

Ley 47-25, artículo 162 — Garantías

Otros documentos del proceso (19)

  • Solicitud de compra CP-2026-0014.pdfSolicitud de compra · 28 jul de 2026 · 3 señales
  • Convocatoria CP-2026-0014.pdfDocumento · 28 jul de 2026
  • Acto de inicio y aprobacion de procedimiento CP-2026-0014.pdfInforme pericial · 28 jul de 2026 · 1 señal
  • Acta de aprobacion del pliego CP-2026-0014.pdfPliego · 28 jul de 2026
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 29 jul de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 29 jul de 2026
  • 2-Formulario de Informacion sobre Oferente SNCCF042-MODELO-.docxDocumento · 29 jul de 2026
  • COMPROMISO ETICO DE PROVEEDORES LPN-2023-0001.docxDocumento · 29 jul de 2026
  • Formulario Debida Diligencia Proveedores.docxDebida diligencia · 29 jul de 2026
  • MODELO DE CONTRATO ADQUISICIÓN DE MOBILIARIOS PARA OFICINAS.docContrato · 29 jul de 2026
  • Pliego de condiciones CP-2026-0014.pdfPliego · 29 jul de 2026 · 5 señales

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

ChatLeyes
Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →
Ver todos los detalles →

Artículo 162.- Garantías. Con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de contratación, las instituciones contratantes deberán exigir a los oferentes y adjudicatarios, mediante los pliegos de condiciones correspondientes, las garantías en la forma y montos definidos en la presente ley y sus reglamentos de aplicación. Párrafo.- Las garantías deberán estar vinculadas a las etapas del procedimiento de contratación para las cuales son requeridas y no podrán constituirse en recaudos excesivos para la participación.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
  • Autorización Oferente Suministro Informaciones Financieras.docxDocumento · 29 jul de 2026
  • Declaracion Jurada oferta libre de colusion MODELO.docxDocumento · 29 jul de 2026
  • Especificaciones tecnicas CP-2026-0014.pdfPliego · 29 jul de 2026 · 1 señal
  • Declaracion Jurada oferta libre de colusion MODELO.docxDocumento · 29 jul de 2026
  • ENMIENDA No. 1 AGRICULTURA-CCC-CP-2026-0014.pdfEnmienda · 6 ago de 2026 · 1 señal
  • ENMIENDA 1 MOBILIARIOS.pdfEnmienda · 28 ago de 2026 · 1 señal
  • Enmienda no. 3 CP-2026-0014.pdfEnmienda · 15 sept de 2026
  • Enmienda no. 4 CP-2026-0014.pdfEnmienda · 6 oct de 2026