El Acta núm. 141-2026, de fecha 2026-07-27, adjudica los ítems 2–6 del Lote I a SYNTES por RD$696,014.20, el ítem 23 a Identificaciones JMB por RD$33,407.24 y los ítems 10–14 a COMPU-OFFICE por RD$1,100,298.26. Adjudica además a MDL ALTEKNATIVA TECH varios ítems del Lote I por RD$2,178,347.12 y la totalidad del Lote II por RD$3,726,261.82. El acta registra que JMB fue habilitada tras una reevaluación técnica y que su oferta económica se abrió después de la fecha programada.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna RD$2,178,347.12 para el Lote I de MDL; la notificación de adjudicación del 03/08/2026 y el registro de contratos del portal consignan RD$2,244,427.12 para ese lote. La diferencia de RD$66,080 requiere conciliación entre el acta, la notificación y el contrato; no corresponde a la adjudicación del Lote II, que aparece separada.
El acta consigna que la reevaluación habilitó a JMB después de la fecha programada para abrir el Sobre B y que luego se le adjudicó el ítem 23 por RD$33,407.24. Es un resultado nuevo que vincula la habilitación posterior con una adjudicación; conviene verificar la secuencia y su aplicación uniforme, sin que el acta por sí sola establezca una irregularidad.
“Que la reevaluación técnica evidenció que dicho oferente sí cumplía con los requisitos técnicos requeridos, para ser habilitado para la apertura de su Sobre B - "Oferta Económica". … TERCERO: ADJUDICA al oferente IDENTIFICACIONES JMB, S.R.L”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 114 · Reglamento 52-26, art. 106 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 114 — Objeto de evaluación
Artículo 114.- Objeto de evaluación. Serán objeto de evaluación de las propuestas los aspectos siguientes: 1) Los requisitos de calificación; 2) La calidad y condiciones técnicas de la oferta; y 3) La economía de la oferta. Párrafo I.- El incumplimiento de los requisitos de calificación que persista, no obstante haberse agotado la fase de subsanación de ofertas, conllevará la exclusión del oferente de manera previa a la apertura de la oferta económica. Párrafo II.- El incumplimiento de los requisitos o del puntaje mínimo establecido con relación a la calidad o condiciones técnicas de la oferta, a fin de ser habilitado para la apertura del sobre económico, conllevará la exclusión del…
Reglamento 52-26, artículo 106 — Subsanación y aclaración de ofertas
Artículo 106.- Subsanación y aclaración de ofertas. Las instituciones contratantes deben garantizar que el procedimiento de evaluación preserve la igualdad de trato, la competencia y la transparencia, permitiendo la subsanación o aclaración de documentos, pero sin admitir modificaciones que alteren el contenido esencial de la oferta, su precio o sus condiciones técnicas. Párrafo I. Toda solicitud de subsanación debe realizarse formalmente, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y el correo electrónico institucional, y notificarse por las vías correspondientes. Párrafo II. El requerimiento debe indicar de manera clara y específica los documentos o informaciones que deben…
A revisarHabilitados por vía extraordinariaRD$33,407
El documento registra oferentes que no habían sido habilitados en la evaluación ordinaria y lo fueron tras reconsideración o evaluación extraordinaria: IDENTIFICACIONES JMB, S.R.L..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 106 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
Reglamento 52-26, artículo 106 — Subsanación y aclaración de ofertas
Artículo 106.- Subsanación y aclaración de ofertas. Las instituciones contratantes deben garantizar que el procedimiento de evaluación preserve la igualdad de trato, la competencia y la transparencia, permitiendo la subsanación o aclaración de documentos, pero sin admitir modificaciones que alteren el contenido esencial de la oferta, su precio o sus condiciones técnicas. Párrafo I. Toda solicitud de subsanación debe realizarse formalmente, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y el correo electrónico institucional, y notificarse por las vías correspondientes. Párrafo II. El requerimiento debe indicar de manera clara y específica los documentos o informaciones que deben…
El acta enumera cuatro miembros del Comité. La Ley 47-25 prevé cinco integrantes, incluyendo las áreas administrativa financiera y de Planificación y Desarrollo; el acta no identifica un quinto miembro ni fundamenta una integración alternativa, por lo que conviene verificar la conformación aplicable al proceso.
“debidamente constituido por: el Licdo. Roberto Payano Bonilla, Asesor del Despacho del Sr. Ministro y Presidente en funciones del Comité de Contrataciones; el Licdo. Brainer A. Feliz Ramírez, Director Jurídico del MISPAS, Asesor Legal y Sec”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 19 · Reglamento 52-26, art. 15 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 19 — Integración
Artículo 19.- Integración. Cada Comité de Contrataciones Públicas estará integrado por los cinco (5) miembros siguientes: 1) La máxima autoridad administrativa de la institución contratante, o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá; 2) El titular del área administrativa financiera o su equivalente; 3) El titular del área jurídica de mayor jerarquía o su equivalente; 4) El titular del área de Planificación y Desarrollo Institucional o su equivalente; 5) El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública o su equivalente en materia de libre acceso a la información. Párrafo I.- El presidente de la República tendrá la facultad de designar un máximo…
Artículo 15.- Integración simplificada. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, en caso de que la institución contratante no cuente con una estructura orgánica que permita su integración de conformidad con lo establecido en la ley, se puede adoptar la siguiente integración simplificada: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que esté designe como su representante, quien presidirá el comité. 2. El titular del área administrativa financiera o su equivalente. 3. El titular del área jurídica o su equivalente. Párrafo. La Dirección General de Contrataciones Públicas debe comprobar y validar los casos en que la estructura orgánica de la…
MDL obtuvo en este proceso los ítems indicados del Lote I y el Lote II completo, por un total consignado de RD$5,904,608.94. Según el historial aportado, ya había recibido 15 contratos del MISPAS por RD$30,081,763 en los 24 meses previos; el volumen acumulado merece revisión como dato de concentración, sin que por sí solo establezca una infracción.
“Monto total adjudid4/ bi li2,178,347.12 … Monto total adjudicado ROS 3,726,261.82”
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona