El pliego de abril de 2026 establece una Licitación Pública Nacional reservada a MIPYMES para adquirir insumos de impresión, divididos en dos lotes adjudicables por ítem en el Lote I y por lote completo en el Lote II. Fija un presupuesto base total de RD$8,924,519.66: RD$5,235,886.33 para el Lote I y RD$3,688,633.33 para el Lote II, y prevé ofertas hasta el 11 de junio de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego condiciona el anticipo a que el adjudicatario lo requiera, aunque la Ley 47-25 dispone que las instituciones deben otorgar el 30 % en todas las contrataciones con MIPYMES. La diferencia afecta las condiciones financieras previstas para los adjudicatarios MIPYME.
“El anticipo que le podrá ser otorgado al(la) adjudicatario(a) como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral 10, que asciende a un 30% del oferente certificado como MIPYMES, se hará en un plazo no mayor de Treinta (30) días,”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
El pliego exige experiencia en bienes similares suministrados a diferentes instituciones gubernamentales y un mínimo de tres certificaciones de recepción conforme. Conviene revisar la proporcionalidad de exigir antecedentes de este tipo para participar en un proceso dirigido a MIPYMES y de insumos de impresión.
“al formulario se deben anexar la documentación donde se evidencien que tienen experiencias suministrando bienes similares a diferentes instituciones gubernamentales. … Certificación de referencia de instituciones públicas o privadas, en la ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona