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Pliego

PLIEGO LPN COMBUSTIBLES VALIDADOS.pdf

ADQUISICIÓN TICKETS DE COMBUSTIBLES PREPAGADOS PARA USO INSTITUCIONAL. · Consejo Nacional de la Persona Envejeciente

Publicado el 22 jul de 2026Fechado el 14 jul de 202642 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CONAPE-CCC-LPN-2026-0004

Lo que dice

El pliego del proceso CONAPE-CCC-LPN-2026-0004, fechado el 15 de julio de 2026, establece una licitación pública nacional para adquirir tickets de combustibles prepagados, con monto estimado de RD$17,014,000 y adjudicación por ítem al menor precio entre las ofertas técnicamente habilitadas. Fija la recepción de ofertas para el 9 de septiembre de 2026 y establece requisitos de cobertura territorial, capacidad financiera y garantías. Se observan cláusulas que requieren revisión por su efecto potencial en la participación de MIPYMES, consorcios y oferentes, y por discrepancias con los plazos legales de pago y con la secuencia de apertura de ofertas.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (10)

A revisarHallazgo en documentos

Cobertura territorial obligatoria con umbral de cumplimiento poco definido

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

Se exige presencia en una lista concreta de provincias y localidades, además del Gran Santo Domingo, para ofrecer tickets válidos en estaciones. El requisito puede limitar la concurrencia según la capacidad de red disponible; además, otra sección pide la «mayor cantidad» de estaciones, sin precisar cómo se mide ese estándar frente a la presencia obligatoria enumerada.

“Debe tener presencia obligatoria en la Zona Sur (Azua, San Juan, Barahona, Pedernales y Bahoruco), Zona del Cibao (Santiago, Samana, Montecristi, Mao, Puerto Plata y Gaspar Hernandez) y Zona Este (La Romana e Higüey) incluyendo el gran sant”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 91 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

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Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

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Describe recepción y evaluación de sobres como una sola etapa

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego dice que la recepción, apertura y evaluación de las ofertas técnicas y económicas se realizará en una etapa, pero después prevé evaluar primero el Sobre A y abrir el Sobre B en una fecha posterior. La formulación es contradictoria con la separación entre evaluación técnica y apertura económica y puede generar incertidumbre sobre la secuencia aplicable.

“la recepción, apertura y evaluación de las ofertas se llevará a cabo en una etapa: Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas y para La apertura y eva”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 106 · Ley 47-25, art. 113 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 106 — División de las propuestas

Artículo 106.- División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Párrafo I.- Las ofertas deberán presentarse por separado a través de los medios indicados en la presente ley y bajo las medidas tendentes a garantizar su confidencialidad. Párrafo II.- Cuando las propuestas sean presentadas en físico, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres sellados y separados. Párrafo III.- Se deberá garantizar la encriptación de las ofertas presentadas a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas.

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Ley 47-25, artículo 113 — Apertura de ofertas

Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…

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Exige garantía de seriedad también a las MIPYMES

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego exige garantía de seriedad a los oferentes y, para las MIPYMES, limita el tipo a fianza de seguro, sin eximirlas de presentarla. La Ley establece que a las MIPYMES no se les requiere garantía de seriedad de oferta; la exigencia puede añadir una barrera de participación.

“los oferentes/proponentes deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta, que esté vigente hasta veinte (20) días después de la fecha prevista en el cronograma para la suscripción del contrato… Si se trata de un oferente certifica”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES

Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…

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Excluye simultáneamente a empresas con accionistas coincidentes

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego impide que participen simultáneamente empresas que compartan cualquier accionista, aunque sean personas jurídicas distintas, y ordena que participe una sola. La prohibición legal se refiere a la multiplicidad de participación de una misma persona; esta condición más amplia puede reducir el número de ofertas admisibles.

“manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación

Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.

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Plazo de pago de hasta 60 días hábiles

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego permite hasta 60 días hábiles para pagar tras la remisión de las facturas. La Ley fija un máximo de 30 días desde que se genere la condición de pago contractual y se presente el requerimiento; la diferencia puede afectar el flujo de caja de los proveedores.

“Estos pagos se harán en un período no mayor de 60 días hábiles contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o responsable del contrato las facturas del bien/ servicio ofrecido.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

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Anticipo MIPYME condicionado a factura y plazo de 30 días

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

Para el anticipo del 30% a MIPYMES, el pliego establece un plazo de hasta 30 días desde la firma y exige una factura; la Ley dispone el anticipo con la suscripción del instrumento contractual y sin necesidad de presentar factura. Conviene verificar que estas condiciones no retrasen o condicionen el beneficio legal.

“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a) conforme a lo previsto en el artículo 174 de la Ley 47-25, asciende al 30 % del monto adjudicado a los proveedores que son certificados como Mipymes. Este pago de adelanto o anticipo ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

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Requisitos financieros de consorcios limitados a la empresa líder

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

Para evaluar la capacidad financiera de un consorcio, el pliego toma únicamente los estados financieros de la empresa líder y exige que tenga al menos el 50% de participación. El Reglamento permite acreditar la solvencia e idoneidad mediante la suma acumulada de las credenciales de los integrantes, por lo que esta regla podría restringir la participación de consorcios que acrediten capacidad conjunta.

“En caso de que la oferta sea presentada por un consorcio o promesa de consorcio, se considerarán los estados financieros de la empresa líder del consorcio, la cual deberá tener una participación mínima del 50%.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 61 · Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 61 — Reglas de participación en consorcio

Artículo 61.- Reglas de participación en consorcio. Las personas físicas o jurídicas que deseen participar en un procedimiento de contratación bajo la modalidad de consorcio, según lo establece el numeral 2) del artículo 35 de la Ley núm. 47-25, deben cumplir con las siguientes condiciones: 1. Las personas que conformen el consorcio deben estar inscritas, cada una, en el Registro de Proveedor del Estado. 2. Los consorcios deben acreditar ante la institución contratante el acuerdo o convenio por el cual se formalizan, incluyendo su objeto, las obligaciones de las partes para la preparación y presentación de ofertas y la ejecución contractual, la capacidad de ejercicio de cada miembro, así…

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Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Umbrales de solvencia y liquidez expresados de forma inconsistente

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego alterna «Mayor 1.20» con «Mayor o igual que > 1.20» para solvencia y repite expresiones similares para liquidez, mientras que la tabla posterior indica límites de mayor o igual. La diferencia sobre si se acepta exactamente el valor límite puede cambiar el resultado de habilitación financiera.

“Límite establecido: Mayor 1.20 Mayor o igual que > 1.20 (Cumple) Menor que < 1.20 (No cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

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El pliego vincula el perfeccionamiento del contrato a publicación y registro

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego afirma que el contrato se perfecciona con su publicación y, para ciertas instituciones, con el registro en Contraloría. La Ley establece que los contratos se perfeccionan con su formalización; la diferencia puede generar incertidumbre sobre el momento en que nacen los derechos y obligaciones contractuales.

“El contrato se considerará perfeccionado una vez se publique por el SECP y en el portal institucional de Consejo Nacional de la Persona Envejeciente(CONAPE) en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su suscripción y, además, e”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 132 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 132 — Perfección del contrato

Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.

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El pliego exige estar al día con DGII y TSS sin expresar la excepción MIPYME de seis meses

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego evalúa las certificaciones de DGII y TSS bajo la metodología Cumple/No cumple sin mencionar que la Ley 47-25 (art. 172, párrafo III) y el Reglamento 52-26 (arts. 63 y 223) permiten a las MIPYMES participar con atrasos de hasta seis meses acreditando el inicio del incumplimiento. El proceso no está reservado a MIPYMES y los oferentes registrados no tienen hoy esa condición, por lo que el hecho no muestra efecto en la adjudicación, pero conviene que la evaluación aplique la excepción legal si una MIPYME participa.

“Certificación de que está al día con sus obligaciones fiscales en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Certificación de que está al día con el pago de sus obligaciones de la Seguridad Social en la Tesorería de la Seguridad Soc”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Reglamento 52-26, art. 63 · Reglamento 52-26, art. 223 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones

Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…

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Reglamento 52-26, artículo 63 — Inhabilidad por falta de cumplimiento de obligaciones tributarias o de la seguridad social

Artículo 63.- Inhabilidad por falta de cumplimiento de obligaciones tributarias o de la seguridad social. La inhabilidad de un proveedor por falta de cumplimiento de obligaciones tributarias o de la seguridad social debe tener en cuenta la excepción prevista para la participación de MIPYMES en el artículo 172, párrafo III, de la Ley núm. 47-25.

Otros documentos del proceso (14)

  • Solicitud combustible.pdfSolicitud de compra · 22 jul de 2026
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 22 jul de 2026
  • SNCC_C023_Contrato_Suministro_de_Bienes.docxContrato · 22 jul de 2026
  • SNCC_F033_Of_Economica (1).docxDocumento · 22 jul de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta (1).docxDocumento · 22 jul de 2026
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 22 jul de 2026
  • Estudio previo y matrix de riego Combustible .pdfEstudio previo · 23 jul de 2026 · 2 señales
  • Acta de aprobacion de pliego combustibles.pdfPliego · 23 jul de 2026
  • Acta de designacion de peritos combustibles.pdfInforme pericial · 23 jul de 2026 · 2 señales
  • Dictamen juridico combustibles.pdfDictamen · 23 jul de 2026 · 1 señal
  • CONVOCATORIA ALICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL.pdfDocumento · 23 jul de 2026

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 52-26, artículo 223 — Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social

Artículo 223.- Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social. De conformidad con lo establecido en la Ley núm. 47-25, las MIPYMES pueden participar en procedimientos de contratación aun cuando no se encuentren al día en sus obligaciones fiscales y de la seguridad social, siempre que el incumplimiento no se haya extendido por un período mayor a seis (6) meses. Párrafo I. A fin de cumplir con esta excepción, el oferente debe presentar certificación de la Dirección General de Impuestos Internos o de la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se haga constar el momento a partir del cual inició el incumplimiento de las obligaciones. Párrafo II. A los fines de este artículo,…

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Publicacion Listin Diario y Diario Libre Lunes 27 de julio.pdfDocumento · 28 jul de 2026
  • Publicacion Listin Diario y Diario Libre martes 28 de julio.pdfDocumento · 28 jul de 2026
  • Acta de enmienda 01 Tickets Combustibles.pdfEnmienda · 27 ago de 2026 · 1 señal