El Acto núm. 402-2026, fechado el 21 de julio de 2026, aprueba respuestas y enmiendas para una licitación de luminarias identificada en el documento como EDESUR-CCC-LPN-2026-0007. El proceso indicado en la ficha suministrada es EDESUR-CCC-LPN-2026-0004, para adquirir routers; por tanto, el acta no corresponde al proceso descrito en esa ficha. Entre las modificaciones consignadas figuran muestras posteriores a la adjudicación, entrega de bienes en hasta 90 días y ajustes a requisitos técnicos y financieros.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Traslada la verificación física de la muestra a después de la adjudicación, reduciendo su utilidad para comprobar conformidad antes de seleccionar al adjudicatario..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Ante una consulta que propone aceptar un paquete normativo estadounidense o uno europeo/IEC, la respuesta dispone que las luminarias se diseñen, construyan y ensayen conforme a ambos conjuntos, según corresponda. Conviene verificar en el expediente técnico la relación de cada norma con el objeto y si la exigencia simultánea resulta proporcionada y permite concurrencia suficiente.
“Las luminarias deberán estar diseñadas, construidas y ensayadas conforme a las normas americanas aplicables UL 1598, UL 1449, ANSI C62.41, ANSI C136.1, ANSI C136.2, ANSI C136.10, ANSI C136.14, ANSI C136.15, ANSI C136.37, ASTM D1654 y ASTM B”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
La ficha aportada identifica el proceso EDESUR-CCC-LPN-2026-0004 para routers; el acto trata la licitación 2026-0007 para luminarias. Esta discrepancia impide atribuir sus respuestas y cambios al proceso de routers sin verificar la identificación documental.
“ACTO ADMINISTRATIVO QUE RECOGE LAS INQUIETUDES DE LOS INTERESADOS, LAS RESPUESTAS FORMULADAS POR LA COMISIÓN PERICIAL Y LOS ASPECTOS A ENMENDAR DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NÚM. EDESUR-CCC-LPN-2026-0007, PARA LA ADQUISICIÓN DE LUMINARIAS PARA A”
El texto exige experiencia propia del oferente en suministros similares durante los últimos cinco años y al menos dos certificaciones de satisfacción emitidas por instituciones distintas; si tuvo contrato con EDESUR en ese período, una debe provenir de esa empresa. Por su efecto potencial en el acceso de nuevos oferentes, corresponde comprobar que estas condiciones sean proporcionales a los bienes y al valor de esta licitación.
“En los últimos cinco (5) años, contados previo a la convocatoria del procedimiento, en el ámbito público o privado, el Oferente deberá demostrar su experiencia profesional en el suministro de Bienes de naturaleza, características técnicas y”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Cambios que introduce (8)
Sección
Antes
Después
Efecto
Pliego, numeral 4 — Forma y plazo de entrega de muestrasMomento y uso de la muestra
La consulta refiere que las muestras se utilizarían durante la evaluación técnica, aunque también se indicaba que debían entregarlas los adjudicatarios.
El adjudicatario entrega una muestra dentro de los 15 días calendario desde la notificación de la adjudicación; se usa para comparar lo adjudicado con lo entregado y puede someterse a pruebas, incluso destructivas.
RelajaQuita un control: Traslada la verificación física de la muestra a después de la adjudicación, reduciendo su utilidad para comprobar conformidad antes de seleccionar al adjudicatario.
Pliego, numeral 7 — Plazo y condiciones de entregaPlazo de entrega
El documento no reproduce el plazo anterior a la enmienda.
Entrega en un plazo máximo de 90 días calendario desde la certificación del contrato; se pueden proponer plazos menores.
Neutral
PDTG, ítems SAP 1010276 y 1010961Aplicación de requisitos y ensayos técnicos
El documento no detalla el contenido de los requisitos de la PDTG antes de la enmienda.
Se indica que no aplica el ítem 2.7 de la PDT para esos dos ítems y que para el ítem 2.11 se aceptan tres ensayos enumerados.
Relaja
Pliego, numeral 11 — Documentación financiera de personas jurídicas extranjeras no establecidas en RDSoportes financieros exigidos
El texto previo citado exigía certificación de RNC, si la tuviera la empresa, además de uno de los soportes de estabilidad financiera.
Se incluye comunicación de aceptación de las condiciones de pago y uno de los soportes financieros previstos; el texto enmendado ya no incluye la certificación de RNC.
Relaja
Pliego, numeral 13.4.2 — Ofertas por debajo del valor referencialUmbral para rechazar renglones por precio bajo
El apartado se denominaba descalificación por precios temerarios; el umbral y la regla previa no están reproducidos íntegramente.
Se rechazan renglones con valor inferior en más de 20% al presupuesto base, previa solicitud de explicación y análisis pericial de sustentabilidad.
Endurece
Respuestas a preguntas, requisitos de certificación de componentesEquivalencia de certificados UL e IEC
La consulta plantea si los ensayos IEC pueden sustituir los UL; el texto previo de la PDT se cita como «Certificado UL o Equivalente».
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Se admite que un certificado europeo/IEC sustituya al UL para driver y LED, considerados el núcleo eléctrico y óptico.
Aclara
Respuestas a preguntas, receptáculo de foto controlCompatibilidad de receptáculos NEMA
La pregunta describe un requisito de receptáculo NEMA de 3 pines.
Se aceptan receptáculos ANSI C136.41 de 5 o 7 contactos si son compatibles con las fotoceldas NEMA de 3 pines actuales sin adaptadores ni modificaciones.
Relaja
Respuestas a preguntas, normas de fabricaciónConjuntos de normas aplicables a luminarias
La consulta propone que se acepte un paquete normativo estadounidense o uno europeo/IEC.
La respuesta exige normas americanas y normas internacionales/europeas aplicables, indicando que un mismo modelo puede cumplir ambos conjuntos.