El pliego de abril de 2026 establece una licitación pública para adquirir 50 routers Cisco Industrial GSM, con un valor referencial de RD$13,750,000.00 con ITBIS incluido. Fija el cierre de ofertas para el 29 de mayo de 2026 y la apertura técnica para el 2 de junio de 2026; contempla adjudicación por menor precio y ofertas generales o parciales.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige que los oferentes estén legalmente domiciliados y establecidos en el país. La Ley permite participar a personas nacionales o extranjeras y el Reglamento contempla ofertas de personas jurídicas extranjeras sin domicilio legal en República Dominicana con inscripción provisional en el RPE; la condición del pliego podría restringir esa participación.
“Se encuentran legalmente domiciliados y establecidos en el país;”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 35 · Reglamento 52-26, art. 62 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 35 — Oferentes
Artículo 35.- Oferentes. Podrán participar como oferentes en los procedimientos de contrataciones públicas previstos en la presente ley las personas siguientes: 1) Las personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, u otras entidades con capacidad jurídica para contratar y asumir obligaciones, que hagan oferta de obras, bienes o servicios requeridos por las instituciones contratantes; y 2) Dos o más personas de las indicadas en el numeral 1) de este artículo, que presenten oferta como un conjunto y actuando como una sola persona y que, en consecuencia, serán consideradas como un consorcio, asumiendo responsabilidad solidaria frente a la institución contratante; a tales fines,…
Reglamento 52-26, artículo 62 — Personas extranjeras
Artículo 62.- Personas extranjeras. Las personas jurídicas extranjeras que no tengan domicilio legal fijado en la República Dominicana pueden presentar ofertas con una inscripción provisional en el Registro de Proveedor del Estado. En caso de resultar adjudicadas, deben obtener la inscripción definitiva antes de la suscripción del contrato o la formalización de la orden de compra o de servicio.
El pliego requiere certificaciones de obligaciones fiscales y de seguridad social al día y condiciona la evaluación financiera a ese cumplimiento, sin expresar la excepción aplicable a MIPYMES con atrasos de hasta seis meses. Esa formulación puede limitar la participación de MIPYMES que la Ley y el Reglamento autorizan a ofertar en esa situación.
“La documentación financiera debe permitir validar que el Oferente/Proponente se encuentra al día con el pago de sus obligaciones fiscales y de la seguridad social…”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Reglamento 52-26, art. 223 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones
Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…
Reglamento 52-26, artículo 223 — Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social
Artículo 223.- Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social. De conformidad con lo establecido en la Ley núm. 47-25, las MIPYMES pueden participar en procedimientos de contratación aun cuando no se encuentren al día en sus obligaciones fiscales y de la seguridad social, siempre que el incumplimiento no se haya extendido por un período mayor a seis (6) meses. Párrafo I. A fin de cumplir con esta excepción, el oferente debe presentar certificación de la Dirección General de Impuestos Internos o de la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se haga constar el momento a partir del cual inició el incumplimiento de las obligaciones. Párrafo II. A los fines de este artículo,…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona