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Abriendo la ficha…

Acta de adjudicación

ACTA DE ADJUDICACION_060.pdf

CONTRATACIÓN DE UNA EMPRESA O PERSONA FÍSICA PARA ADQUIRIR MATERIALES DE LIMPIEZA EXTERIOR Y EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL PARA LOS OBREROS DE LA DIRECCION DE ORNATO PLAZAS Y PARQUES. · Ayuntamiento Santo Domingo Este

Publicado el 24 jul de 2026Fechado el 23 jul de 20263 páginasEn el mensaje «Informe final de la selección DO1.AWD.2001645»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ASDE-CCC-CP-2026-0009

Lo que dice

El acta del 24 de julio de 2026 adjudica a NUNDINAE SRL, como único oferente, la contratación simplificada de materiales de limpieza exterior y equipos de protección personal por RD$6,408,045.22. El comité afirma que la oferta cumplió los requisitos del pliego y dispone publicar el acto en el SECP y en el portal institucional.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentosRD$6.4 millones

Un solo oferente en un proceso de contratación simplificada

Documento del 24 jul 2026 · hace 2 meses

El acta identifica a NUNDINAE SRL como oferente único y adjudicatario. Aunque la convocatoria registró 1,555 proveedores notificados según el portal, la concurrencia efectiva fue de una sola oferta; conviene revisar la participación y las condiciones de competencia, sin que esto por sí solo determine una irregularidad.

“ÚNICO: Conocer el informe definitivo y decidir sobre la adjudicación correspondiente al proceso de “CONTRATACIÓN DE UNA EMPRESA O PERSONA FÍSICA PARA ADQUIRIR MATERIALES DE LIMPIEZA EXTERIOR Y EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL PARA LOS OBREROS”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentosRD$6.4 millones

El monto de la oferta del acta difiere del registro del portal

Documento del 24 jul 2026 · hace 2 meses

El acta adjudica RD$6,408,045.22, mientras que el portal registra para Nundinae SRL una oferta de RD$0 con estado “Cargada / Pendiente”. Debe reconciliarse el registro electrónico con el monto adjudicado para preservar la trazabilidad de la oferta; el portal podría estar pendiente de actualización.

“en la cual se ofertó un monto de Seis Millones Cuatrocientos Ocho Mil Cuarenta y Cinco Pesos Con 22/100 Centavos (RD$6,408,045.22).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 179 · Reglamento 52-26, art. 47 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 179 — Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas

Artículo 179.- Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. Se crea e instituye el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas como herramienta tecnológica oficial y obligatoria para la implementación, gestión, monitoreo y control de los procedimientos de contratación pública, desde la planificación hasta el pago y liquidación de los contratos. Párrafo I.- A través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá gestionarse y difundirse toda la información relativa a cada una de las etapas de los procedimientos de contratación pública, con excepción de aquella considerada como reservada. Párrafo II.- El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá contar con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 47 — Uso y gestión de la información

Artículo 47.- Uso y gestión de la información. Toda información generada o incorporada al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas tiene validez jurídica y fuerza probatoria, siempre que se produzca conforme a los parámetros de autenticidad, integridad, inalterabilidad y conservación definidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Las instituciones contratantes deben: 1. Registrar oportunamente en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas todas las actuaciones administrativas de los procedimientos de contratación, incluyendo los documentos técnicos, jurídicos y financieros, así como aquellos vinculados a la ejecución y liquidación de los contratos. 2. Mantener…

A revisarHallazgo en documentos

El acta indica una vía de recurso jerárquico directa

Documento del 24 jul 2026 · hace 2 meses

El acto informa que procede un recurso jerárquico en diez días desde la notificación. La Ley 47-25 establece primero la reconsideración ante el órgano responsable y reserva el recurso jerárquico impropio para impugnar la resolución que decida esa reconsideración; la información podría generar confusión sobre la vía de impugnación disponible.

“Este acto administrativo del Comité de Compras y Contrataciones es recurrible en sede administrativa mediante la interposición de un recurso jerárquico en un plazo de diez (10) días, conforme al artículo 204 de la Ley núm. 47-25”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 204 · Ley 47-25, art. 207 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 204 — Recurso de reconsideración

Artículo 204.- Recurso de reconsideración. Toda actuación recurrible en virtud de la presente ley deberá, en primer lugar, ser impugnada mediante un recurso de reconsideración ante el órgano responsable del proceso.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 207 — Recurso jerárquico impropio

Artículo 207.- Recurso jerárquico impropio. El medio de impugnación contra las resoluciones que decidan recursos de reconsideración es el recurso jerárquico impropio ante la Dirección General de Contrataciones Públicas.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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Oferentes que registra (1)

1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
NUNDINAE SRLÚnico oferente; el acta consigna que cumplió los requerimientos del pliego.Adjudicado—RD$6,408,045

Otros documentos del proceso (14)

  • ACTA APROBACION.pdfPliego · 22 jun de 2026 · 1 señal
  • ACTA DE INICIO.pdfInforme pericial · 22 jun de 2026 · 1 señal
  • CERTIFICACION FONDOS.pdfCertificación de fondos · 22 jun de 2026 · 3 señales
  • REQUERIMIENTO.pdfSolicitud de compra · 22 jun de 2026 · 1 señal
  • compromiso-etico-de-proveedores (9).docxDocumento · 22 jun de 2026
  • contrato-ejecucion-de-bienes (3).docxContrato · 22 jun de 2026
  • Formulario de presentacion oferta F.033 (1).docxDocumento · 22 jun de 2026
  • formulario debida diligencia SNCCP-PROV-F-040..docxDebida diligencia · 22 jun de 2026
  • SNCC F 042 Formulario Informacion oferente (2).docxDocumento · 22 jun de 2026
  • SNCC_F_056_Formulario_de_Entrega_de_Muestras (1).docxDocumento · 22 jun de 2026
  • SNCCP-PROV-F-040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes (1).docxDebida diligencia · 22 jun de 2026

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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PLIEGO DE CONDICIONES de MATERIALES DE LIMPIEZA.pdfPliego · 23 jun de 2026 · 6 señales
  • Enmienda 001_002.pdfEnmienda · 30 jun de 2026 · 2 señales
  • Informe final del portalDocumento · —