El Comité de Contrataciones Públicas del CONANI declaró desierto, el 16 de julio de 2026, el procedimiento de subasta inversa CONANI-CCC-SI-2026-0001 para adquirir equipos informáticos, cuyo monto estimado es RD$9,735,000. La decisión se fundamentó en que no se recibió ninguna propuesta y ordenó realizar los aprestos para relanzar el proceso.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra que no se recibieron propuestas y declara desierto el proceso; el portal informa 9,473 proveedores notificados. El número de notificaciones no acredita recepción efectiva ni que esos proveedores fueran elegibles, por lo que conviene contrastar la difusión y la participación efectiva antes del relanzamiento; el resultado por sí solo no establece una irregularidad.
“Que, de conformidad con la convocatoria establecida en el cronograma del presente procedimiento, el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI) no recibió ninguna propuesta por parte de los oferentes interesados dentro del pla”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 128 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 128 — Declaratoria de procedimiento desierto
Artículo 128.- Declaratoria de procedimiento desierto. Antes de la adjudicación, mediante resolución debidamente motivada, la institución contratante podrá declarar desierto un procedimiento a la finalización del plazo para la presentación de propuestas, cuando se verifique alguna de las condiciones siguientes: 1) Que no se haya presentado alguna propuesta o que ningún oferente haya cumplido los requisitos para ser habilitado a la apertura de la oferta económica; 2) Que, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en los pliegos de condiciones, se determine que ningún oferente los cumple; 3) Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria…
El acta identifica a Verónica Altagracia Sánchez Valois como miembro suplente y en la firma indica que se actúa en representación de Nicomedes Capriles Báez, director de Planificación y Desarrollo. Conviene verificar que la delegación temporal cumpliera las condiciones reglamentarias y quedara validada y consignada en acta.
“Verónica Altagracia Sánchez Valois, encargada del Departamento de Formulación, Monitoreo y Evaluación de PPP (miembro suplente … En nombre y representación de Nicomedes Capriles Báez … Director de Planificación y Desarrollo”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 19 · Reglamento 52-26, art. 18 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 19 — Integración
Artículo 19.- Integración. Cada Comité de Contrataciones Públicas estará integrado por los cinco (5) miembros siguientes: 1) La máxima autoridad administrativa de la institución contratante, o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá; 2) El titular del área administrativa financiera o su equivalente; 3) El titular del área jurídica de mayor jerarquía o su equivalente; 4) El titular del área de Planificación y Desarrollo Institucional o su equivalente; 5) El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública o su equivalente en materia de libre acceso a la información. Párrafo I.- El presidente de la República tendrá la facultad de designar un máximo…
Reglamento 52-26, artículo 18 — Funcionamiento interno y condiciones de deliberación
Artículo 18.- Funcionamiento interno y condiciones de deliberación. Los Comités de Contrataciones Públicas se rigen por las siguientes reglas de funcionamiento interno y condiciones de deliberación: 1. Las convocatorias a reuniones de los Comités de Contrataciones Públicas deben ser realizadas por el presidente, con la asistencia de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas. 2. El personal de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe fungir como secretario, con la responsabilidad de elaborar las actas de las reuniones y asistir en la coordinación de los encuentros. 3. El quórum mínimo para iniciar las reuniones y deliberar es de al menos tres (3) miembros, siendo siempre…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona