El estimado del portal excede la certificación por el ítem AUDIFONOS duplicado
· hace 3 meses
El portal registra 10 ítems, con AUDIFONOS (50 unidades, RD$175,163.00) listado dos veces, mientras el pliego y la solicitud de compra núm. 35-2026 contemplan 9 lotes por RD$8,198,517.67, monto igual a la certificación de apropiación presupuestaria. La diferencia de RD$175,163.00 corresponde exactamente a ese ítem duplicado, cuya configuración errónea en el SECP generó quejas de oferentes que no lograron cargar sus ofertas y llevó a declarar desierto el proceso.
“CONSIDERANDO: Que el veinte (20) de marzo del año dos mil veintiséis (2026) se emitió la correspondiente Certificación de Apropiación Presupuestaria por un monto total de ocho millones ciento noventa y ocho mil quinientos diecisiete pesos c” (pág. 2)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 93 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto
Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.
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