La única oferta habilitada fue mayor que la otra oferta registrada
· hace 2 meses
El informe recomienda adjudicar a PDAD, el único oferente habilitado. El portal registra una oferta de Air Liquide Dominicana, SAS por RD$10,089,000, RD$2,548,800 menos que la de PDAD; la exclusión técnica puede estar fundamentada en otro informe del expediente, por lo que conviene contrastar ambos documentos y la diferencia de precio.
“Es el único Oferente habilitado y el precio se ajusta al precio presupuestado por la institución”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 121 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio
Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
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