La Enmienda No. 01, resuelta el 20 de abril de 2026, modifica el inicio de la entrega para que los bienes no se requieran antes del registro del contrato y fija la vigencia de la garantía de seriedad entre el 23 de junio y el 24 de agosto de 2026. También reduce de veinte días a diez días hábiles el plazo para suscribir el contrato e incorpora para las MIPYMES un anticipo del 30%, pagadero en quince días, con garantía de buen uso. El Comité mantiene los criterios de desempate con el orden de prelación previsto en el pliego.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
1 mencionado · 1 adjudicado
| Oferente | Resultado en el acta | Lote o grupo | Monto |
|---|---|---|---|
| Air Liquide Dominicana, SASOferta registrada en el portal como cargada/pendiente; esta enmienda no consigna una decisión de habilitación o adjudicación. | Mencionado | — | RD$10,089,000 |
| PDAD Productos del Aire Dominicana, SAEl portal registra contrato activo y confirmado a su favor; el informe definitivo previo lo identifica como único oferente habilitado. | Adjudicado | — | RD$12,637,800 |
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Plazo de entregaInicio de la exigibilidad de los bienes | El pliego no vinculaba expresamente el inicio del plazo de ejecución con el registro del contrato. | No se requerirán los bienes hasta que se proceda al registro del contrato ante la Contraloría General de la República. | Aclara |
| Garantía de mantenimiento y seriedad de la ofertaVigencia de la garantía | El pliego indicaba un mínimo de tres meses a un año a partir de la entrega de la oferta A. | La garantía debe iniciar el 23 de junio de 2026 y vencer el 24 de agosto de 2026. | Aclara |
| Criterios de desempateOrden de aplicación de los criterios | El pliego incluía varios criterios de desempate; la observación señalaba que no había un orden de prelación claro. | El Comité dispone mantener los criterios y aplicar el orden de prelación establecido en el apartado 2.9 del pliego. | Aclara |
| Suscripción del contratoPlazo para suscribir | Veinte días para la suscripción del contrato. | Diez días hábiles para la suscripción del contrato. | Endurece |
| Anticipo y garantía de buen usoPago anticipado a MIPYMES | El pliego no establecía expresamente el porcentaje ni el plazo del anticipo para MIPYMES ni las condiciones de la garantía de buen uso. | Anticipo del 30% para MIPYMES, pagadero dentro de 15 días desde la suscripción; garantía por el valor total del anticipo, con plazo fijado en seis meses. Si el adjudicatario no está certificado como MIPYME, no recibe anticipo. | Relaja |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona