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El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

pliego de condiciones 0001.pdf

ADQUISICIÓN DE INSUMOS AGRICOLAS · Unidad Técnica Ejecutora de Proyectos de Desarrollo Agroforestal

Publicado el 22 jul de 202646 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso UTEPDA-CCC-SI-2026-0002

Lo que dice

El pliego establece la adquisición de 20 insumos agrícolas, con presupuesto base de RD$253,528,000.00, entrega en hasta 105 días calendario y puja electrónica prevista para el 12 de agosto de 2026. El documento identifica el proceso como UTEPDA-CCC-SI-2026-0001, mientras que el proceso informado en el portal es UTEPDA-CCC-SI-2026-0002; el portal registra además el estado «Cancelado».

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentos

Debida diligencia prevé solo tres días para responder indicios

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego concede tres días hábiles para que un oferente responda a indicios detectados en la debida diligencia y prevé su descalificación si no los desvirtúa. Para exclusiones por prácticas prohibidas, el Reglamento establece cinco días hábiles para presentar defensa; la diferencia puede afectar la oportunidad de contradicción.

“Además, le otorgará un plazo de tres (3) días hábiles para que el oferente presente, también por escrito, sus argumentos y evidencias que demuestren que no existe lo alegado. … Si el oferente no presenta sus argumentos dentro del plazo esti”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 116 · Reglamento 52-26, art. 110 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 116 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 116.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. Los oferentes, en cualquier fase del procedimiento de selección, podrán ser excluidos cuando se compruebe que han incurrido en algunas de las prácticas prohibidas siguientes: 1) Cuando el o los oferentes se encuentre en el régimen de inhabilidades previsto en la presente ley o haya intentado eludirlo a través de maniobras; 2) Cuando el o los oferentes haya desarrollado prácticas o actuaciones tendentes a influenciar a las autoridades de la institución contratante, a fin de ser beneficiado directa o indirectamente; 3) Cuando el o los oferentes hayan ejercido actos o acuerdos nominados y sancionados por la ley sobre defensa de la…

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Reglamento 52-26, artículo 110 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 110.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. La exclusión de oferentes por haber incurrido en alguna de las prácticas prohibidas establecidas en el artículo 116 de la Ley núm. 47-25 debe cumplir con el siguiente procedimiento: 1. El procedimiento puede iniciar de oficio o a requerimiento de cualquier parte interesada o ciudadano; 2. El inicio del procedimiento debe formalizarse mediante acto administrativo motivado y notificado al oferente correspondiente, en el que se detallen las prácticas prohibidas en las que habría incurrido y las pruebas que las sustenten; 3. A partir de la notificación del acto administrativo indicado en el numeral anterior, el oferente tiene un…

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Requisito fiscal no refleja la excepción prevista para MIPYMES

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego exige certificaciones de cumplimiento fiscal y de seguridad social, con verificación en línea si no se depositan. No contempla en esa exigencia la excepción legal que permite participar a MIPYMES con atrasos de hasta seis meses, por lo que la regla redactada puede restringir su participación.

“Certificación de estar al día con sus obligaciones fiscales en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), vigente. Si no es depositada, será verificada en línea por la institución. … Certificación de estar al día con el pago de sus ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Reglamento 52-26, art. 223 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones

Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…

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Reglamento 52-26, artículo 223 — Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social

Artículo 223.- Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social. De conformidad con lo establecido en la Ley núm. 47-25, las MIPYMES pueden participar en procedimientos de contratación aun cuando no se encuentren al día en sus obligaciones fiscales y de la seguridad social, siempre que el incumplimiento no se haya extendido por un período mayor a seis (6) meses. Párrafo I. A fin de cumplir con esta excepción, el oferente debe presentar certificación de la Dirección General de Impuestos Internos o de la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se haga constar el momento a partir del cual inició el incumplimiento de las obligaciones. Párrafo II. A los fines de este artículo,…

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El anticipo MIPYME aparece condicionado a que se solicite

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

En las condiciones de pago, el anticipo del 30% para MIPYMES se formula para el caso de que la adjudicataria lo requiera. La Ley dispone ese anticipo en todas las contrataciones con MIPYMES y sin necesidad de factura, por lo que la condición del pliego merece revisión.

“En el caso de que el oferente adjudicatario resulte ser una Micro, Pequeñas y Mediana Empresa (MIPYME) y requiera el pago de anticipo, la institución contratante procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo7., el cual ser”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

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Referencias exigidas solo a proveedores del sector público

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

Para acreditar experiencia, el pliego exige dos referencias de instituciones gubernamentales por suministro de plaguicidas o fertilizantes, acompañadas de contratos u órdenes. Limitar la evidencia a clientes gubernamentales puede excluir experiencia equivalente en el sector privado; corresponde verificar su proporcionalidad con el objeto y la capacidad requerida.

“Dos (2) cartas de referencias de Instituciones Gubernamentales por suplir plaguicidas y/o fertilizantes. Las cartas deben de mostrar el nivel de cumplimiento el presente pliego de condiciones.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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El pliego identifica una referencia de proceso distinta a la convocada

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

El portal identifica la convocatoria como UTEPDA-CCC-SI-2026-0002, pero la portada del pliego la referencia como UTEPDA-CCC-SI-2026-0001. Este es un dato adicional de identificación discrepante en el propio pliego, distinto del que registra el acta de inicio según el resumen documental, y merece verificarse para establecer qué bases corresponden a la convocatoria.

“REFERENCIA: UTEPDA-CCC-SI-2026-0001”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 24 · Ley 47-25, art. 31 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 24 — Racionalidad y motivación de las actuaciones administrativas

Artículo 24.- Racionalidad y motivación de las actuaciones administrativas. La administración, en los procedimientos de contratación previstos en la presente ley y sus reglamentos de aplicación, siempre fundamentará su actuación en las motivaciones y argumentaciones correspondientes.

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Ley 47-25, artículo 31 — Transparencia y publicidad de las actuaciones

Artículo 31.- Transparencia y publicidad de las actuaciones. Todos los procedimientos de contratación pública deberán efectuarse en un marco de transparencia plena que garantizado por la supervisión institucional y la fiscalización de la sociedad. Párrafo.- Los funcionarios y servidores públicos que deliberadamente incumplan las reglamentaciones de publicidad y acceso a las informaciones previstas en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y demás normativas, se harán sujetos de las sanciones disciplinarias o penales que correspondan.

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ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normalRD$130,000

La cantidad del ítem 20 difiere entre tablas del pliego

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

La tabla de precios y el presupuesto calculan el ítem 20 con 265 envases, pero el cronograma de entrega consigna 275. A un precio unitario estimado de RD$13,000, esa diferencia equivale a RD$130,000 y deja incierta la cantidad y el valor de referencia aplicables a ese ítem.

“20 | Biocida orgánico - Peróxido de hidrógeno + plata coloidal iónica estabilizada | 265 envase de 10 litros | 13,000.00 | 3,445,000.00 … 20 | Biocida orgánico -Peróxido de hidrógeno + plata coloidal iónica estabilizada | 275 envase de 10 l”

Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.

Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

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Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto

Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.

Otros documentos del proceso (15)

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  • contrato-ejecucion-de-bienes (1).docxContrato · 22 jul de 2026
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  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta (1).docxDocumento · 22 jul de 2026
  • acta de inicio 0001.pdfInforme pericial · 22 jul de 2026 · 1 señal
  • certificado de existencia de fondos.pdfCertificación de fondos · 22 jul de 2026 · 1 señal
  • convocatoria 001.pdfDocumento · 22 jul de 2026
  • dictamen juridico SI001.pdfDictamen · 22 jul de 2026
  • solicitud SI01.pdfSolicitud de compra · 22 jul de 2026 · 1 señal
  • compromiso etico comite SI0001.pdfDocumento · 22 jul de 2026
  • requerimiento.pdfPliego · 22 jul de 2026 · 2 señales

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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acta de inicio 0001.pdf
Pliego · 22 jul de 2026
  • DGCP44-2025-002505.pdfDocumento · 23 jul de 2026
  • Acta de cancelacion.pdfActa · 27 jul de 2026
  • Acta de cancelacion.pdfActa · 27 jul de 2026 · 2 señales