La Enmienda núm. 1 del proceso IDAC-CCC-LPN-2026-0014 mantiene la Licitación Pública Nacional y deja sin efecto la modalidad de contrato llave en mano. Modifica el pliego para que el presupuesto en Excel sea opcional y subsanable, y añade que la garantía de fiel cumplimiento cubrirá la duración total del contrato. El documento no indica fecha ni número de acta.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la exigencia del soporte digital del presupuesto, que podía facilitar la revisión y trazabilidad de los cálculos económicos; permanece la oferta presentada en soporte físico o electrónico..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La enmienda establece cobertura durante la duración total del contrato, mientras que el Reglamento dispone que la garantía debe mantenerse vigente hasta la liquidación. La cobertura indicada podría dejar sin protección el período entre la terminación contractual y la liquidación.
“la cual cubrirá la duración total del contrato, conforme a lo establecido en el artículo 205, párrafo II, del Reglamento de Aplicación Núm. 52-26 de la Ley Núm. 47-25.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 208 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 208 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 208.- Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento debe mantenerse vigente hasta la liquidación del contrato, orden de compra u orden de servicio. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía debe mantenerse vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas o desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. De existir fallas o desperfectos debidamente demostrados y notificados al adjudicatario, y este se negare a repararlos, debe ejecutarse la garantía. Párrafo II. Cuando la prestación del servicio o la entrega del bien u obra no vaya a realizarse en la fecha prevista, el proveedor debe prorrogar…
La enmienda consigna que el procedimiento se había estructurado como contrato llave en mano, pero que la documentación revisada no justificaba suficientemente esa modalidad. La institución corrigió el encuadre antes de la adjudicación, manteniendo la Licitación Pública Nacional; conviene verificar el alcance de las referencias suprimidas en el pliego.
“Sin embargo, de la documentación técnica y administrativa analizada no se aprecia de manera suficiente la motivación que justifique la aplicación de dicha modalidad, conforme a lo establecido en el artículo 51 de la Ley”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 51 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 51 — Contratos de llave en mano
Artículo 51.- Contratos de llave en mano. Cuando la institución contratante pretenda proyectar una obra que, por su naturaleza o interés público, se tenga que realizar bajo la combinación de diferentes prestaciones que incluyan como regla general diseño, construcción, consultoría, suministro de bienes y prestación de servicios o la fusión de algunas de estas, se podrá aplicar la modalidad de contratos de llave en mano. Párrafo I.- Este tipo de contrato tendrá un carácter excepcional y solo será posible cuando la institución contratante justifique la necesidad de combinar diferentes prestaciones que pudiesen ser contratadas a través de procedimientos distintos, a fin de que el objeto que se…
Modalidad contractualSupresión de la modalidad llave en mano
El proceso estaba estructurado bajo la modalidad de contrato llave en mano.
Se mantiene como Licitación Pública Nacional, tal como fue convocado, y se suprimen las referencias a llave en mano.
Aclara
Presentación de oferta económicaPresupuesto en formato Excel
El presupuesto en formato Excel era un requisito no subsanable.
La presentación del presupuesto en Excel es opcional y subsanable; su ausencia no descalifica al oferente.
RelajaQuita un control: Se elimina la exigencia del soporte digital del presupuesto, que podía facilitar la revisión y trazabilidad de los cálculos económicos; permanece la oferta presentada en soporte físico o electrónico.
GarantíasVigencia de la garantía de fiel cumplimiento
El procedimiento no establecía expresamente la vigencia de la garantía.
La garantía cubrirá la duración total del contrato.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona