El Acta núm. 2, de fecha 2026-07-16, acoge las observaciones de la DGCP y cancela la licitación pública abreviada BAGRICOLA-CCC-LPA-2026-0002, cuyo presupuesto base era RD$24,667,741.67. La cancelación se fundamenta en que el expediente no acreditaba que el objeto fuera común y estandarizado ni estuviera comprendido en fichas técnicas estandarizadas; se instruye reformular el expediente y convocar un nuevo procedimiento bajo la modalidad que corresponda.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna que la DGCP no encontró documentación que acreditara que el objeto era común y estandarizado ni que estuviera incluido en fichas técnicas estandarizadas, y que consideró improcedente la modalidad abreviada. Aunque el comité canceló antes de la apertura de ofertas y ordenó reformular el expediente, corresponde revisar la selección inicial de modalidad para esta contratación de RD$24,667,741.67.
“la DGCP concluyó que, al verificarse que el objeto de la contratación | no se encuentra comprendido dentro de las fichas técnicas estandarizadas emitidas por dicho Órgano Rector, la | modalidad seleccionada resulta improcedente”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 62 · Reglamento 52-26, art. 133 · con ChatLeyes
Artículo 62.- Licitación pública abreviada. La licitación pública abreviada es un procedimiento de licitación pública en el cual se realizará una convocatoria a presentar propuestas en un plazo reducido. Párrafo.- La licitación pública abreviada solo podrá ser aplicada cuando la contratación tenga por objeto la adquisición de bienes y servicios comunes y estandarizados que superen el umbral establecido.
Artículo 133.- Licitación pública abreviada. De conformidad con lo establecido en la Ley núm. 47-25, la licitación pública abreviada solo puede ser aplicada dentro del umbral previsto y para la contratación que tenga por objeto la adquisición de bienes y servicios comunes y estandarizados. Párrafo. Cuando la contratación se encuentre cubierta por un acuerdo o tratado internacional, la licitación pública abreviada debe cumplir con las reglas aplicables a la licitación pública internacional previstas en el artículo 130 de este reglamento y en el tratado correspondiente, manteniéndose el plazo abreviado de presentación de propuestas de quince (15) días hábiles, conforme al artículo 101 de la…
El acta cancela el procedimiento el 2026-07-16, pero el portal registra una última enmienda el 2026-07-22 y un cierre de ofertas el 2026-07-30, aunque también muestra el proceso como cancelado. La secuencia merece verificarse en el registro del sistema; podría tratarse de fechas que no se actualizaron tras la cancelación.
“SEGUNDO: CANCELAR, como en efecto se cancela, el procedimiento de Licitación Pública Abreviada identificado con la referencia BAGRICOLA-CCC-LPA-2026-0002”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 47 · Reglamento 52-26, art. 49 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 47 — Uso y gestión de la información
Artículo 47.- Uso y gestión de la información. Toda información generada o incorporada al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas tiene validez jurídica y fuerza probatoria, siempre que se produzca conforme a los parámetros de autenticidad, integridad, inalterabilidad y conservación definidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Las instituciones contratantes deben: 1. Registrar oportunamente en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas todas las actuaciones administrativas de los procedimientos de contratación, incluyendo los documentos técnicos, jurídicos y financieros, así como aquellos vinculados a la ejecución y liquidación de los contratos. 2. Mantener…
Reglamento 52-26, artículo 49 — Responsabilidad institucional y supervisión
Artículo 49.- Responsabilidad institucional y supervisión. Las instituciones contratantes son responsables de la veracidad, exactitud y actualización de la información que registren en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. El incumplimiento de las obligaciones de registro o publicación puede dar lugar a la aplicación de las sanciones disciplinarias establecidas en la ley, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas o civiles que correspondan. Párrafo. La Dirección General de Contrataciones Públicas debe ejercer funciones de monitoreo, control y asistencia técnica sobre el uso del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, y puede realizar auditorías informáticas…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona