Suscripción programada más de 10 días hábiles tras la notificación
· hace 3 meses
La circular programa la notificación de adjudicación para el 22 de octubre de 2026 y la suscripción de contratos para el 18 de noviembre de 2026. Ese intervalo supera el máximo de diez días hábiles que establece la Ley para suscribir los contratos desde la notificación; es un plazo programado, no constancia de la fecha en que finalmente se suscribieron.
“19. Notificación de adjudicación | 22 de octubre a las 17:00 P.M … 21. Suscripción del(los) contrato(s) y emisión de órdenes de compra | 18 de noviembre a las 17:00 P.M”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
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