La solicitud, fechada el 14 de julio de 2026, invita a Psicología Industrial Dominicana, S.R.L. a presentar una propuesta para el arrendamiento del inmueble destinado al Liceo Víctor Garrido, mediante selección directa. Establece una vigencia de dos años y un monto total de RD$7,580,000, pero su calendario de pagos identifica períodos que suman 24 meses, omite enero-junio de 2028 y los rotula como “Total 12 meses”.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento fija dos años de vigencia, pero el calendario enumera 24 meses en períodos discontinuos, omite enero-junio de 2028 y, pese a ello, indica “Total 12 meses”. Aunque los importes pueden reconciliarse incluyendo el depósito de RD$500,000, la cobertura temporal y el cálculo de pagos requieren aclaración.
“Vigencia: dos (02) año. … 2027 Enero a julio (7 meses) 2,065,000.00 … 2028 Julio a diciembre (6 meses) 1,770,000.00 … Total 12 meses 7,580,000.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El documento utiliza selección directa y dirige la solicitud de propuesta a Psicología Industrial Dominicana, identificada en los documentos del proceso como propietaria del inmueble. El Reglamento establece la convocatoria pública como regla para adquirir o arrendar inmuebles y permite la selección directa excepcionalmente cuando solo un proveedor puede satisfacer la necesidad; conviene contrastar esta invitación con la justificación y el alcance de la convocatoria registrados en el expediente. El portal indica 13,948 proveedores notificados, por lo que ese dato no permite afirmar por sí solo que la invitación fuera exclusiva.
“Señores: PSICOLOGÍA INDUSTRIAL DOMINICANA SRL … Mediante la presente, y en cumplimiento de lo establecido en la Ley núm. 47-25, sobre Contrataciones Públicas, así como en su Reglamento de Aplicación aprobado mediante el Decreto núm. 52-26, ”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 163 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal
Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…
El pliego indica que la falta de cualquiera de los documentos estandarizados enumerados no será motivo de rechazo ni impedirá la evaluación; entre ellos figuran el compromiso ético y el formulario de debida diligencia y conflicto de intereses. La disposición puede debilitar la verificación documentada de esos controles, aunque el texto no indica que se dispense la comprobación por otros medios.
“Se aclara que, en el evento de que un(a) oferente no presente su oferta en alguno de estos documentos estandarizados, esto no será motivo de rechazo de su oferta, ni será obstáculo para que los peritos la evalúen. A continuación, se mencion”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Oferentes que registra (1)
1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Psicología Industrial Dominicana, S.R.L.Destinataria de la solicitud para presentar propuesta; este documento no consigna una decisión de habilitación o adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona