Verificar posible acumulación de servicios de mantenimiento vehicular
· hace 3 meses
La solicitud estima RD$5,999,999.10. Según los datos de otros procesos aportados, al sumar las contrataciones del 13 de julio (RD$229,239) y del 5 de octubre (RD$222,424.01), ambas dentro de tres meses de esta convocatoria y de servicios vehiculares, el total sería RD$6,451,662.11, por encima del máximo de RD$6,436,757.50 para contratación simplificada en 2026. El PAC publicado posteriormente también registra dos unidades por RD$11,999,998.20 para mantenimiento de vehículos; corresponde verificar si las compras pertenecen al mismo rubro-clase y responden a una necesidad planificada común, sin que estos datos por sí solos acrediten fraccionamiento.
“Objeto de la compra: SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE VEHÍCULOS Y MOTOCICLETAS PROPIEDAD DEL MINISTERIO DE DEFENSA. Total: 5,999,999.10”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 81 · Ley 47-25, art. 59 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 81 — Prohibición de fraccionamiento
Artículo 81.- Prohibición de fraccionamiento. Se prohibirá el fraccionamiento de contrataciones de bienes, servicios u obras cuando este tenga por objeto eludir los procedimientos de contratación aplicables para en cambio optar por otros de menor cuantía. Párrafo I.- Se considerará fraccionamiento la división de contrataciones para la adquisición de bienes, servicios u obras de un mismo rubro, de conformidad con la clasificación adoptada por la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de un lapso menor a tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria. Párrafo II.- La autoridad administrativa responsable no deberá permitir el fraccionamiento cuando habiendo…
Ley 47-25, artículo 59 — Umbrales de contratación
Artículo 59.- Umbrales de contratación. Los umbrales topes para la modalidad de selección a aplicar en un proceso de contratación serán calculados por la Dirección General de Contrataciones Públicas anualmente, multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso Nacional, por los factores siguientes, según corresponda a obras, bienes o servicios: 1) Licitación pública: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 2) Licitación pública abreviada: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 3) Sortero de obras: a) Obras: 0.00015. 4) Contratación simplificada: a) Obras: 0.00004; b) Bienes: 0.0000015; c)…
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