Plazo de garantía de fiel cumplimiento menor al mínimo reglamentario
· hace 3 meses
El cronograma da hasta el 20/08/2026 para constituir la garantía, aunque la notificación de adjudicación está prevista para el 14/08/2026. Entre esas fechas median cuatro días hábiles posteriores a la notificación (17 al 20 de agosto); el Reglamento establece cinco días hábiles para presentarla, por lo que corresponde revisar y corregir el plazo programado.
“18. Notificación de adjudicación | 14/08/2026 12:00 19. Plazo para la constitución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato | 20/08/2026 12:00”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 206 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 206 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 206.- Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario debe constituir y presentar ante la institución contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. En el caso de licitaciones internacionales o de adjudicatarios extranjeros, el plazo es de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no se formaliza la garantía correspondiente, no puede generarse la orden de compra ni suscribirse el contrato, y la institución contratante puede ejecutar la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…
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